El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha considerado este martes que no es discriminatorio que una empresa privada prohíba a sus empleados lucir el velo islámico o el uso visible de cualquier signo político, filosófico o religioso.
La máxima instancia judicial de la Unión Europea, no obstante, considera que una norma interna en ese sentido sí podría resultar discriminatoria si ocasiona "una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas", indicó la corte de Luxemburgo en un comunicado.