Hacienda ha puesto su ojo en María del Monte. La cantante sevillana tendrá que pagar una multa de 60.058 euros a la Agencia Tributaria por no informar de las operaciones que realizó durante 2009 con la sociedad Monprodu, de la que era socia y administradora única.
La cantante presentó un recurso contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Sevilla del 29 de julio de 2016, en la que se confirmaba la citada multa por no aportar la documentación exigida por la ley a la Inspección de los Tributos.
No obstante, y a pesar de los intentos de María del Monte por 'librarse', la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso, informa este viernes Efe.
Descuadre en las cuentas
En el ejercicio fiscal de 2009, María del Monte ingresó 63.106,26 euros como rendimientos del trabajo por su actividad como cantante y presentadora de televisión a través de la sociedad Monprodu, pero esta sociedad mercantil presentó ese año unos ingresos de 757.034,34 euros.
La Inspección de Tributos entendió que, de acuerdo con la relación entre la sociedad y la cantante, cualquier operación quedaba sujeta al régimen establecido en la Ley del Impuesto de Sociedades y le pidió en dos ocasiones que aportase la documentación.
No aportó la información requerida
María del Monte solo ofreció "una determinada ficha limitada a señalar la percepción de un sueldo fijo anual por aquel importe los 63.106 euros, sin especificar el método de valoración empleado ni el intervalo de valores derivado", según la sentencia.
Tributos multó a la cantante por "no aportar o aportar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos la documentación", cuyo fin era determinar el valor de mercado de las operaciones entre personas o entidades vinculadas.
La sentencia destaca "la desmesurada diferencia" entre los 757.034,34 euros que ingresó Monprodu por la actividad de la artista y los 63.106,26 que obtuvo ella.