La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 1,2 millones de euros a Gas Natural Servicios (actualmente denominada Naturgy Iberia) por incumplir las medidas de protección al consumidor, recogidas en la Ley del Sector de Hidrocarburos.
En concreto, la compañía recomendó cambiar la tarifa de gas a 48.700 clientes, sin informarles del incremento del precio del suministro que suponía el cambio de condiciones contractuales. El cambio en las condiciones de sus contratos encareció sus facturas entre el 8 y el 14%, según señala el organismo presidido por José María Marín Quemada.
La CNMC tuvo conocimiento de este caso a través del escrito remitido por una asociación de consumidores. En éste, se informaba de que Naturgy Iberia estaba remitiendo comunicaciones comerciales a clientes con contratos de gas en el mercado libre mediante las que les ofrecía cambiar de tarifa sin informar debidamente sobre los cambios de condiciones en sus contratos o el aumento de precio.
Cambio automático de tarifa
Durante la instrucción del expediente, la CNMC ha comprobado que la compañía ofertó a 48.700 clientes que tenían contratada una tarifa referenciada a la Tarifa de Último Recurso, a otra tarifa denominada Estable. Lo hizo, según explica la CNMC, sin indicar con claridad su repercusión económica, y sin informar al consumidor de que la nueva tarifa suponía un incremento en el precio del suministro.
Además, Naturgy indicaba que la nueva tarifa se aplicaría de manera automática en la próxima renovación, salvo que el cliente llamara a un teléfono gratuito solicitando mantener la tarifa actual.
La comunicación de Naturgy incumplió los apartados f) y g) del artículo 57.bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos, al no haber informado debidamente de la modificación del contrato y del incremento de precios a los consumidores de manera transparente y comprensible. En consecuencia, la CNMC considera que Naturgy Iberia es responsable de una infracción grave de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 t) de la Ley del Sector de Hidrocarburos.
La CNMC recuerda que esta resolución pone fin a la vía administrativa y se podrá interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.