Economía

DIA estudia reclamar la indemnización de 1,3 millones a Ricardo Currás

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones de DIA está analizando la posibilidad de reclamar al exconsejero delegado del grupo, Ricardo Currás, los pagos efectuados con motivo de su salida de la empresa el pasado año

  • Ricardo Currás, exconsejero delegado de DIA.

La nueva dirección de DIA está analizando la posibilidad de activar las cláusulas que permitirían reclamar a los ejecutivos que abandonaron el grupo el pasado año la devolución de las indemnizaciones y otros pagos entregados.

En particular, DIA está estudiando reclamar al exconsejero delegado Ricardo Currás las indemnizaciones pagadas el pasado año. Currás recibió una indemnización de 1,3 millones de euros, dos anualidades de su retribución fija anual que, en su caso, era de 681.000 euros.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones "está analizando, para su elevación al Consejo de Administración, la activación de las cláusulas clawback sobre las distintas retribuciones abonadas a los consejeros ejecutivos cesados en 2018", ha informado DIA.

La cláusula clawback se puede activar en el caso de que se demuestre la comunicación de información falsa

En el caso de Currás se estudia "la reclamación de la devolución de cualquier cantidad que pudiera proceder". A la espera de la toma de la decisión que corresponda, "DIA ha suspendido el abono de la contraprestación económica por la obligación de no competencia post-contractual" del exconsejero delegado.

Cese de Antonio Coto Gutiérrez

En relación con el cese de Antonio Coto Gutiérrez, "DIA no ha abonado importe alguno en concepto de pago por resolución del contrato, ni en concepto de compensación por la obligación de no competencia post-contractual incluida en su contrato y en la política de remuneraciones".

Al igual que para el caso de Ricardo Currás, la compañía "está analizando, en virtud de las causas que han motivado el cese del Sr. Coto, la activación de la cláusula clawback sobre las retribuciones previamente satisfechas". 

La cláusula clawback permite a la empresa reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando en los tres años siguientes "se ponga de manifiesto que la liquidación y abono de dichas retribuciones se ha producido total o parcialmente en base a información cuya falsedad o inexactitud grave quede demostrada a posteriori, de forma manifiesta".

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