Nueva maniobra judicial del Real Madrid. El club de Concha Espina ha conseguido reflotar en el Tribunal Supremo su cruzada contra uno de los grandes equipos del fútbol femenino, el Madrid CFF, por, a juicio de los merengues, estar aprovechándose ilegalmente de su marca.
A la espera de novedades en el Tribunal de Justicia de la UE este mismo jueves por la Superliga masculina, el club presidido por Florentino Pérez ha conseguido avances en su frente legal femenino apelando también a jurisprudencia europea, según se desprende de un auto del Tribunal Supremo del pasado 24 noviembre que ha podido cotejar este diario.
La Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha accedido a revisar un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ha dado derecho al Madrid CFF (cuarto en la liga femenina, justo por detrás del Barça, Real Madrid y Levante) a seguir explotando su marca, Madrid CFF Madrid Club De Fútbol Femenino, como lo ha hecho en la última década.
La Oficina Española de Patentes y Marcas había concedido el registro de la marca "MADRID CFF MADRID CLUB DE FÚTBOL FEMENINO" en agosto de 2020 pero, tras un recurso del Real Madrid en noviembre de ese año, revocó la anterior resolución por el riesgo de confusión entre las marcas. Ante ello, el Madrid CFF opuso recurso en el TSJM.
La cruzada del equipo de Concha Espina contra el de Fuenlabrada coincide con la irrupción de los blancos en el fútbol femenino
La situación del Madrid CFF no es anecdótica sino la de una institución que lleva más de diez años apostando exclusivamente por el balompié de mujeres. Entre sus patrocinadores aparecen instituciones públicas -como el Consejo Superior de Deportes y el ayuntamiento de Madrid- y marcas privadas como Adidas, el mayor sponsor del equipo masculino de fútbol del Real Madrid. La cruzada de la institución de Concha Espina contra la de Fuenlabrada coincide con la irrupción de los blancos en el fútbol femenino, en el que comenzaron a competir en la temporada 2020/2021 tras comprar el Tacón en julio de 2020.
Actualmente, el equipo de las blancas ya dispone de un presupuesto de seis millones de euros tras un ritmo de crecimiento del 40% anual. Ahora se coloca solo por detrás del Barça, que llega a los doce millones con la dos veces premiada mejor jugadora del mundo, Alexia Putellas, entre sus filas. Con todo, ambas divisiones femeninas dan hoy pérdidas de explotación millonarias y recurren, de momento, al fondo de sus homólogas masculinas.
Por su parte, el Madrid CFF tiene un presupuesto superior a los dos millones de euros sin permitirse pérdidas, si bien se beneficia de mayores ayudas públicas por no tener una estructura profesional detrás como el Real Madrid. En cualquier caso, ha labrado la cantera femenina más amplia en España.
El Real Madrid apela a la doctrina europea
El Tribunal de Justicia de Madrid ha afeado a la directiva merengue que haya iniciado acciones judiciales contra el Madrid CFF mucho después de que este comenzara sus actividades hasta convertirse en un equipo “bien conocido” por sí solo en el mundo del fútbol femenino. Reseña también que el club de Fuenlabrada lo hace con un conjunto de caracteres visiblemente distintos a los que configuran la marca del Real Madrid Club de Fútbol.
Sin embargo, el equipo jurídico del Real Madrid ha conseguido convencer al Supremo de que el fallo del TSJM no tiene la suficiente argumentación detrás para impedir que la cuestión revista interés ocasional, esto es, que precise de investigación propia del Alto Tribunal que respalde, aclare o en su caso corrija la resolución primigenia.
El argumentario merengue alega que el fuerte carácter distintivo de su marca amerita una protección especial
Para ello, los abogados merengues han apelado a distintas Directivas europeas así como a la propia doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para incidir en que "acreditado el renombre de la marca prioritaria en España, la diana debe centrarse en analizar la concurrencia de la identidad o semejanza de los signos" desde una perspectiva "que requiere un grado de similitud inferior, que debe de ser analizado en todo caso sin fijarse en aspectos escuetos desligándolos de los demás; lo que se pretende es la apreciación de conjunto, la impresión global que pueda causarse en el usuario o consumidor medio".
En la misma línea, el argumentario merengue alega que el fuerte carácter distintivo de su marca amerita una protección especial, atendiendo a la jurisprudencia europea, no por el riesgo de confusión entre una identidad comercial y la otra sino que "bastaría un grado de similitud que, pese a ser ligero, fuese suficiente para que el público estableciese un vínculo entre los distintivos que permitiese aprovecharse indebidamente de la reputación de las marcas notorias inscritas".