El Tribunal Económico-Administrativo Central ha dado la razón a Telefónica en el proceso que mantenía contra Hacienda por las liquidaciones del Impuesto de Sociedades correspondientes a 2008 y 2011. La resolución obliga al Estado a devolver las cantidades satisfechas "en exceso" durante esos ejercicios, según ha anunciado este miércoles la operadora en un hecho relevante.
En su resolución, el tribunal reconoce la imposibilidad de cuantificar con exactitud las cantidades a devolver, lo que obliga a que el cálculo se realice en la ejecución de la sentencia, tanto en lo que respecta a las cuotas satisfechas como a los intereses de demora.
En su último informe anual de cuentas, correspondiente al ejercicio 2017, Telefónica incide en que las actuaciones inspectoras del fisco sobre este impuesto (2008-2011) finalizaron en julio de 2015 "con acuerdo y en disconformidad". La decisión de Hacienda tuvo entonces un efecto en los resultados de 206 millones de euros.
La Compañía interpuso entonces un recurso ante el Tribunal Económico Administrativo Central por
los ajustes con los que no está de acuerdo, relacionados con la calificación de los “juros sobre el capital propio” como dividendos; y por los criterios de utilización de bases imponibles negativas en los ejercicios objeto de liquidación.
Después de un recorrido administrativo de tres años y medio, la resolución dictada recientemente ha dado la razón al grupo presidido por José María Álvarez-Pallete, según ha anunciado este miércoles.