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El TSJM obliga al Estado a revisar el precio de la expropiación de Rumasa cuarenta años después

El Tribunal argumenta que las resoluciones adoptadas por el Ministerio de Hacienda y la Abogacía del Estado, que recurrió la familia Ruiz-Mateos, "no se ajustan a derecho"

  • El empresario fallecido José María Ruiz-Mateos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Estado a tramitar un expediente para determinar el justiprecio por la expropiación de Rumasa cuarenta años después de que esta se produjera. La Justicia ha estimado así el recurso de los Ruiz-Mateos frente al Ministerio de Hacienda, que rechazó la solicitud y ahora le obliga a recalcular "teniendo en cuenta la totalidad de las acciones o participaciones sociales" del grupo empresarial, informa Europa Press.

La viuda de José María Ruiz-Mateos, Teresa Rivero, actuando en su nombre y en beneficio de los expropiados socios de Rumasa, reclamó al Estado esa determinación definitiva del justiprecio por la expropiación que se llevó a cabo en el año 1983.

En la sentencia, la familia defiende que el valor del 'holding' llegaba a los 13.712 millones de euros, pero el director general de Patrimonio del Estado inadmitió la reclamación amparándose en que el justiprecio era "cero euros" por acción, y argumentando para ello en que, en "aras de la seguridad jurídica", la cuestión ya estaba juzgada y "confirmada de forma reiterada" por el Tribunal Supremo.

La Abogacía del Estado también apoyó esta tesis e incidió en que se fijó un valor neto patrimonial negativo de más de 260.000 millones de pesetas en el momento de la expropiación, algo que también recoge la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 22 de noviembre que, según sostiene, "no impuso que se determinase definitivamente el justiprecio".

Sin embargo, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado que, de conformidad con la sentencia del Tribunal Supremo, "ha de procederse a una nueva valoración de las acciones de Rumasa a la vista del balance consolidado del grupo" pues, apunta el TSJM, "las resoluciones recurridas no son conformes a derecho, procediendo la retroacción de las actuaciones para la admisión de la solicitud de la recurrente". Contra la sentencia cabe recurso ante al Supremo.

En un comunicado, los hijos de José María Ruiz-Mateos, beneficiados por esta sentencia, han señalado que su voluntad "es poner el justiprecio a disposición de los perjudicados por las emisiones de pagarés que decidió su padre", y por las que ellos van a ser juzgados en la Audiencia Nacional, a fin de que cobren sus créditos.

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