Hacienda se ha visto obligada a tomar medidas excepcionales en el sector público en la lucha contra el coronavirus para hacer frente al incremento de los gastos y la caída de la recaudación que se producirá en los próximos meses. En particular, el IVA, según publica 'El Confidencial'.
El real decreto-ley publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el artículo 49 señala que se dispone la obligatoriedad de que todo el sector público transfiera a una cuenta del Tesoro Público sus “disponibilidades líquidas”. Es decir, todo el dinero que tenga en tesorería.
La norma se ampara en lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria (artículo 45), que autoriza a Hacienda a “declarar no disponibles” las transferencias corrientes o de capital destinadas a las entidades integrantes del sector público estatal, “cuando, como consecuencia de la existencia de suficientes disponibilidades líquidas, pudieran no resultar necesarias para el ejercicio de su actividad presupuestada”.
451 sociedades forman parte del sector público estatal
El real decreto-ley precisa que se trata de todos los “organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público estatal”. Dentro de esta clasificación, se encuentran sociedades como ADIF-Alta Velocidad, la agencia EFE, el CSIC, el BOE, las autoridades portuarias, Cesce o las confederaciones hidrográficas. En total, 451 sociedades que forman parte del inventario de entes del sector público estatal.
Sin embargo, Hacienda asegura que la norma solo afecta a organismos y otros entes con presupuesto limitativo. En cualquier caso, está basada en una ley de 2003 que habilitó al titular de Hacienda a utilizar la liquidez para poder incrementar el Fondo de Contingencia.
El Gobierno tan solo deja una excepción. Estarán exentos los ingresos procedentes de cotizaciones sociales y aquellos que sean consecuencia de una recaudación conjunta con otras entidades ajenas al sector público. Ahora bien, siempre que “pudieran no ser necesarias para financiar el ejercicio de la actividad indicada”. Es decir, todo el dinero se ingresará en una caja única.
La ley habilita a Hacienda a tener acceso a la tesorería cuando tengan liquidez "no necesaria" para realizar sus fines
El real decreto-ley justifica esta medida en la necesidad de “atender los gastos para combatir la crisis sanitaria provocada por el Covid-19”, y recuerda que la Ley General Presupuestaria habilita a Hacienda a tener acceso a la tesorería de todo el sector público cuando las empresas estatales y los organismos autónomos tengan liquidez “no necesaria” para realizar sus fines. Es decir, remanentes de tesorería que no se gastan y que no son necesarios para la operativa.
Las necesidades de liquidez del Gobierno en estos momentos son extremas. Por un lado, debe financiar los programas de gasto aprobados en las últimas semanas para paliar los efectos sociales derivados de la Covid-19, pero también está viendo que sus recursos se han hundido de una forma que no tiene precedentes. En particular el IVA, toda vez que la congelación de la actividad económica y la reclusión en sus casas del conjunto de la población suponen un descenso sin precedentes del consumo.
Las retenciones del trabajo en el IRPF son la otra gran fuente de ingresos para el Estado. Y todo indica que el empleo se verá seriamente afectado por la crisis del coronavirus.
El Fondo de Contingencia se convierte en el principal instrumento para responder a los costes económicos del coronavirus
Haciendo uso de la tesorería del sector público empresarial se puede engordar el presupuesto del llamado Fondo de Contingencia, que es el instrumento legal con que cuenta el Estado para enfrentarse a gasto no presupuestado como consecuencia de un hecho imprevisto, como inundaciones, catástrofes o llegada de inmigrantes.
Legalmente, la cuantía del fondo es equivalente al 2% del gasto no financiero del Estado, pero la crisis del coronavirus lo ha dejado ya sin casi recursos. Con esta fórmula, se podrían encontrar nuevos recursos.
En el propio real decreto-ley, y hasta la aprobación de una nueva Ley de Presupuestos, se establece que su cuantía podrá superar ese 2% que establece como máximo la actual Ley General Presupuestaria. Es decir, que el Fondo de Contingencia se convierte en el principal instrumento contable para encarar los costes económicos del coronavirus.