Economía

Las constructoras se defienden de su multa: “Denunciamos la falta de rigor de la CNMC”

Las compañías afectadas por la multa de Competencia se defienden a través de Seopan, la patronal de constructoras y concesionarias. "Se basa en meras apreciaciones subjetivas", explican

ACS, Acciona, Sacyr, FCC, OHL y Ferrovial han opinado un día después de conocerse la multa de 203,6 millones por, según apunta la CNMC, alterar los precios entre 1992 y 2017. “Denunciamos la falta de rigor de la CNMC”, comenta el comunicado de la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de infraestructuras (Seopan), la patronal que les integra.

"En primer lugar, y sin perjuicio de que dicha Resolución no es firme y deberán ser los Tribunales de Justicia los que, en su momento, se pronunciarán sobre los hechos imputados, su valoración y efectos en los recursos que las empresas afectadas van a interponer ante la Audiencia Nacional, y en cuya estimación tienen plena confianza", arranca su comunicado.

Las empresas detallan que la falta de rigor de la CNMC se produce porque "prescinde de los necesarios elementos de prueba, basándose en meras apreciaciones subjetivas, opiniones o sospechas, que vulneran el derecho de las empresas a la presunción de inocencia, incurre en error al valorar equivocadamente las conductas investigadas como prácticas colusorias y vulnera el principio de proporcionalidad al imponer unas sanciones manifiestamente desproporcionadas".

Seopan destacan que las prácticas investigadas “no se han calificado de cártel por no tratarse de una colusión de las típicamente sancionadas por las autoridades de competencia”. Es decir, las empresas afirman que la CNMC reconoce que no se ha producido ningún acuerdo sobre fijación de precios o de reparto del mercado, como erróneamente se ha podido interpretar por algunos medios de comunicación. "Sorprende por tanto que la Nota de prensa publicada por la CNMC induzca a pensar que hay colusión cuando la resolución lo niega y expresa taxativamente", comentan los reprentantes de las empresas.

Una resolución que, desde su punto de vista, en ningún momento del expediente se manifiesta que hubiera un reparto del mercado de licitaciones ni que haya existido una ventaja determinante de la adjudicación. Las constructoras involucradas señalan que han presentado estudios en los que se demuestra con rotundidad que el hecho de compartir estos documentos técnicos no ha mejorado, ni empeorado, las posibilidades de ser adjudicatario de las empresas sancionadas.

"Por el contrario, la enorme competencia existente en el mercado de obra pública español trae como consecuencia la frecuente adjudicación de los contratos a ofertas temerarias o anormalmente bajas", defienden las constructoras.

"Debe subrayarse que en los hechos investigados tampoco existe ningún acuerdo restrictivo de la competencia cuyo objeto fuera presentar las mismas ofertas técnicas y alterar las licitaciones, sino una práctica de reducción de costes en la preparación de licitaciones que es lícita, normal y eficiente, así como para completar los proyectos mediante la incorporación de los estudios geotécnicos, topográficos o de otra índole de los que el proyecto original carece", añaden.

Las constructoras consideran que no hay pruebas

Las constructoras defienden que no hay prueba alguna que acredite que la compartición de estos costes de licitación alterara la calidad de las ofertas técnicas que cada empresa presentaba separadamente o que existiera una ventaja de las empresas por compartir costes de licitación. "Es una simple opinión de la CNMC, que no se puede compartir", comentan.

Para ACS, Acciona, Sacyr, FCC, OHL y Ferrovial la afirmación contenida en la resolución de que se ha producido una vulneración de la legislación de contratación pública es "incierta". "En este punto, la CNMC realiza una interpretación sesgada de algunos artículos de la Ley de Contratos del Sector Público. La práctica de reducción de costes antes mencionada ha beneficiado de forma lícita a miles de licitaciones, sin que se tenga constancia de un solo caso en el que la oferta haya sido rechazada, objetada o de alguna forma considerada irregular por alguna de las Administraciones involucradas", concluye su comunicado.

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