El juez Manuel García Castellón, de la Audiencia Nacional, al frente del caso Lezo, afronta un 'Baltasar Garzón'. La grabación de las conversaciones telefónicas mantenidas entre Juan Miguel Villar Mir, imputado en Lezo, y su abogado podrían suponer la inhabilitación de García Castellón, de acuerdo a diversos expertos en la materia.
Para que se produjera la inhabilitación de García Castellón, primero debería presentarse una querella contra el magistrado por las escuchas efectuadas, una opción que debe evaluar la defensa de Villar Mir. De prosperar la querella, García Castellón podría seguir los pasos del juez Baltasar Garzón, que en 2012 fue condenado por el Tribunal Supremo a once años de inhabilitación por las escuchas realizadas entre los cabecillas de la trama Gürtel y sus abogados. El Colegio de Abogados de Madrid, previsiblemente, se personaría en la querella contra García Castellón como acusación particular.
"La gravedad de este caso es que no sólo hay escuchas de conversaciones entre el abogado y su cliente, sino que hay al menos cuatro páginas de análisis policial sobre las mismas, es un paso más allá del caso Baltasar Garzón", consideran fuentes de la abogacía. "García Castellón está fuera", comentan. Fuentes cercanas a la Audiencia Nacional señalan que en el caso Lezo, el teléfono que el juez ordena intervenir no es el del abogado, sino el del imputado Villar Mir, y que en las conversaciones casualmente se graban las mantenidas entre ambos.
El abogado de Villar Mir fue Abogado General de la Comunidad de Madrid entre 2010 y 2015
García Castellón se incorporó al juzgado central de instrucción número seis de la Audiencia Nacional a mediados del pasado año, tras haber sido juez de enlace en Francia y en Italia durante más de 15 años. El magistrado ocupó la plaza que había dejado vacante el juez Eloy Velasco. García Castellón ha llevado diversos casos de terrorismo, entre ellos el asesinato de Miguel Ángel Blanco, y ordenó la prisión de Mario Conde como instructor del caso Banesto.
Villar Mir encargó su defensa al despacho Business & Law, haciéndose cargo del caso el abogado Carlos Domínguez. El letrado, licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, ingresó en el año 2002 en el Cuerpo de Abogados del Estado. Entre mayo de 2010 y enero de 2015, Carlos Domínguez desempeñó el cargo de Abogado General de la Comunidad de Madrid, dirigiendo y coordinando todos los servicios jurídicos de la administración regional.
Canal Isabel II y pinchazos
Los hechos investigados en el caso Lezo están relacionados con la compra del 75% de la sociedad colombiana Inassa por parte de la pública española Canal de Isabel II, en 2001, por algo más de 61 millones de euros. Además de Juan Miguel Villar Mir, en el caso están imputados, entre otros, exdirigentes del PP de Madrid, también los expresidentes de la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz Gallardón e Ignacio González.
En el curso de las investigaciones, el juez ordenó el pinchazo del teléfono de Villar Mir, a finales del pasado año. Entre las grabaciones se encuentran horas de conversaciones entre el expresidente de OHL y su abogado. En los pinchazos telefónicos se descubrió casualmente que Villar Mir, en una conversación con su letrado, quería aportar un informe médico para excusar su no comparecencia ante la Audiencia Nacional.
De esa conversación han aparecido informaciones publicadas en medios de prensa que sugieren que Villar Mir, 88 años, quería falsificar el informe médico, extremo rechazado totalmente por fuentes cercanas al empresario, a las que ha accedido este diario, que aseguran que se ha descontextualizado la conversación, y que Villar Mir estaba enfermo realmente.
Las fuentes consultadas recuerdan que el magistrado podía haber enviado un médico que examinara a Villar Mir para confirmar la dolencia que padecía y que le impidió asistir a la Audiencia Nacional como imputado, pero no lo hizo. Y advierten que la agenda de Villar Mir durante la semana del 8 al 12 de enero fue cancelada por la dolencia que padecía el empresario; además señalan que la defensa de Villar Mir lleva meses reclamando al juez García Castellón la entrega de las conversaciones telefónicas grabadas, lo que todavía no se ha producido.
La defensa de Villar Mir ya presentó un incidente de nulidad por las escuchas
La defensa de Villar Mir ya presentó un incidente de nulidad contra el auto en el que se avalaban las escuchas, pero la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional lo inadmitió porque el incidente presentado se limitaba a rebatir los argumentos que ya habían sido esgrimidos en un auto del mes de junio.
De acuerdo a las fuentes consultadas, si la defensa de Villar Mir decidiera presentar querella contra García Castellón en los próximos días, previsiblemente sería en septiembre cuando se decidiera sobre su admisión.
Apoyo de los abogados
El Consejo General de la Abogacía y los Colegios de Abogados de Madrid y Barcelona han mostrado su apoyo al abogado de Villar Mir y advierten que las escuchas suponen una vulneración del secreto profesional.
Los clientes del abogado de Villar Mir han dejado de mantener conversaciones telefónicas con él tras destaparse las escuchas
El Colegio de Abogados de Madrid indica que las escuchas han provocado "la negativa de los clientes del colegiado a mantener con él conversaciones telefónicas (...)", y resalta que "todas las conversaciones mantenidas por los clientes con el citado letrado durante el periodo de intervención de las comunicaciones han sido analizadas policialmente (...)".
El colegio madrileño sostiene que con la medida se pretende "criminalizar" la actuación del abogado de Villar Mir: "Someter a escuchas y análisis policial casi once horas de conversaciones confidenciales letrado-cliente, comprensivas de la estrategia procesal de defensa, no sólo en la causa en la que las intervenciones fueron acordadas, sino en otra (caso Púnica) seguida en el mismo Juzgado, con la misma fuerza investigadora y con la misma Fiscalía".
Las escuchas entre un abogado y su cliente son confidenciales. El artículo 118.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dice: "Todas las comunicaciones entre el investigado o encausado y su abogado tendrán carácter confidencial". Y añade: "Si estas conversaciones o comunicaciones hubieran sido captadas o intervenidas durante la ejecución de alguna de las diligencias reguladas en esta ley, el juez ordenará la eliminación de la grabación o la entrega al destinatario de la correspondencia detenida, dejando constancia de estas circunstancias en las actuaciones".
El citado artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal precisa que la confidencialidad de esas comunicaciones "no será de aplicación cuando se constate la existencia de indicios objetivos de la participación del abogado en el hecho delictivo investigado o de su implicación junto con el investigado o encausado en la comisión de otra infracción penal, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley General Penitenciaria".