Nuevo capítulo en la guerra de la familia Sánchez Hill contra Meliá. El Juzgado de Primera Instancia nº24 de Palma de Mallorca ha dictado un auto en el que estima el incidente de nulidad presentado por la familia de origen cubano tras constatar que a la República de Cuba y la sociedad estatal Gaviota SA no les fue notificada la demanda y, por tanto, no han tenido oportunidad de defenderse.
Según se detalla en el auto fechado el 23 de junio al que ha tenido acceso Vozpópuli, Meliá solicitó a la jueza Victoria Crespí que pidiese al Ministerio de Exteriores un justificante de que se había dado traslado de la demanda al Estado cubano y a Gaviota. Y aquí llega el problema, porque el pasado 1 de junio Exteriores desveló al juzgado que no había emplazado ninguna demanda porque considera que eso corresponde al Ministerio de Justicia.
Fue entonces cuando los Sánchez Hill presentaron un incidente de nulidad al entender que no se estaban cumpliendo todas las garantías procesales, algo que también comparte la jueza, que ha decidido anular las actuaciones hasta el momento en el que declaró en rebeldía al país caribeño (28 de abril). En consecuencia, todo lo ocurrido después, incluido el archivo del proceso en mayo, también queda anulado.
La jueza entiende que Cuba ha sufrido indefensión porque no se le ha permitido decidir si quiere intervenir o no en el procedimiento. Como no se le ha notificado, no ha tenido oportunidad de personarse en la causa y, por lo tanto, se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.
El fiscal también había mostrado su apoyo a anular las actuaciones tras acreditar que "no consta en los archivos del Ministerio de Justicia, que haya tenido entrada ninguna solicitud de cooperación jurídica internacional" relacionada con el caso.
Una vez sea emplazado, Cuba decidirá si quiere actuar de alguna manera o si opta por guardar silencio. La jueza, en cualquier caso, podría volver a archivar la causa más adelante si lo estimase necesario.
La estimación del recurso de nulidad también supone anular el recurso de apelación presentado ante la Audiencia Provincial de Palma que, como desveló este diario, estaba ya admitido a trámite.
Terrenos confiscados a la familia
El origen del pleito se remonta al verano de 2019, cuando la familia presentó una demanda contra la hotelera por la explotación de los hoteles Paradisus Rio de Oro y Sol Rio y Luna Mares, ambos ubicados en unos terrenos que les fueron confiscados (que no expropiados, pues no hubo indemnización) tras la Revolución cubana de 1959.
Los Sánchez Hill, hoy residentes en Estados Unidos, basan su demanda en el llamado enriquecimiento injusto. Consideran que la hotelera se ha beneficiado de forma presuntamente ilegal con la explotación de unos terrenos que les fueron arrebatados a sus antepasados. Además, defienden que Meliá era consciente en todo momento de la ilegalidad.
La demanda fue presentada en los tribunales españoles después de que el Gobierno de Estados Unidos, por entonces con Donald Trump a la cabeza, reactivase la polémica Ley Helms-Burton.
Esta normativa permite a norteamericanos y cubanos nacionalizados reclamar indemnizaciones por los bienes que les fueron confiscados ante la justicia norteamericana. Esta ley no ha sido usada en la demanda de la familia cubana dado que los tribunales españoles no tienen competencia para conocerla.