Bruselas tiene en estos momentos sobre la mesa una multa de unos 200 millones para España por el desvío de déficit en 2015. La próxima semana, cuando acaben las negociaciones, se conocerá el importe definitivo de la sanción y las consecuencias reales para España. Hasta ahora poco se sabe del efecto de este proceso, puesto que es la primera vez que la UE se lanza a multar un país por el déficit, a pesar de que los estados miembros de la UE se han saltado 165 veces el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y en 114 ocasiones lo hicieron sin justificación alguna.
Los europarlamentarios españoles presentes en las instituciones europeas confían en que la sanción sea reembolsable y que España pueda recuperar el dinero exigido si “hace los deberes” y aplica las medidas que reclama Bruselas. ¿Qué dice el último reglamento sobre la supervisión presupuestaria de la zona euro? La norma explica que existen tres tipos de sanciones que se pueden poner por incumplir el Pacto de Estabilidad, algunas recuperables, otras no.
Hay tres tipos de sanciones, pero solo dos de ellas se pueden recuperar si se hacen los deberes
La primera de ellas tiene carácter preventivo y se puede llevar a cabo cuando se constata que un país no ha adoptado medidas para responder a recomendaciones de las instituciones comunitarias. Este tipo de sanción obliga al país incumplidor a constituir un depósito equivalente al 0,2% del PIB, aunque la cuantía final puede rebajarse o anularse si el Consejo o la Comisión lo solicitan. Una vez que el país reconduce la situación, recupera tanto el depósito como los intereses que ha generado dicho depósito.
El segundo tipo de sanción se enmarca en el componente corrector del Pacto de Estabilidad y se aplica cuando se detecta un incumplimiento especialmente grave de las obligaciones de política presupuestaria. También se puede aplicar a países obligados a crear el primer depósito y que después entraron en el procedimiento de déficit excesivo. En este caso, la sanción se concreta en otro depósito por valor del 0,2% del PIB. La cuantía del mismo también se puede reducir o anular y los países afectados pueden recuperar el dinero cuando dejen el déficit por debajo del 3%. Sin embargo, en este caso, los intereses no serían reembolsables.
La multa más grave se destinaría al Mecanismo de Estabilidad Europea
La tercera y última sanción también está dentro del componente corrector del Pacto, pero va un poco más allá. Está diseñada para los estados miembros que no han adoptado medidas efectivas para corregir su déficit excesivo. En este caso se fija una multa que puede llegar al 0,2% del PIB, aunque la cuantía también puede ser revisada o anulada como en los casos anteriores. La mayor diferencia es que esta multa no es reembolsable. Su cuantía se asignaría a mecanismos de estabilidad destinados a proporcionar asistencia financiera. En concreto, al Fondo Europeo de Estabilidad Financiera, actualmente conocido como el Mecanismo de Estabilidad Europea.
En los tres casos España sufriría el revés de tener que constituir el depósito o pagar la multa en un momento en el que los ingresos no evolucionan demasiado bien y cada euro debe destinarse a la reducción del déficit. Y lo que es más importante, el estigma que supone una sanción, del tipo que sea, en estos momentos, con un gobierno en funciones y los partidos negociando intensamente para evitar la convocatoria de unas terceras elecciones.
A España le correspondería la sanción más dura, pero Europa bajara ser más flexible
Si analizamos la situación española, Bruselas tendría que aplicar la última sanción, puesto que el país está inmerso en el procedimiento de déficit excesivo desde hace años y tanto la Comisión como el Consejo han concluido que el país no tomó medidas efectivas para reducir su déficit. Sin embargo, no está tan claro que vaya a ser así porque nunca antes se han activado este tipo de sanciones y porque la Comisión ha dejado claro en muchas ocasiones que no quiere castigar a España.
Aunque hay quien sigue confiando en la sanción simbólica o cero, algunos parlamentarios españoles presentes en las instituciones europeas dan por hecho que la sanción llegará, pero creen que será de baja cuantía, teniendo en cuenta la situación de las finanzas españolas. “Rondará los 200 millones”, sostienen. Y también confían en que Bruselas no lleve la situación al límite y opte por una de las dos primeras sanciones, que implicarían la constitución del depósito con esos 200 millones, pero también la recuperación del dinero cuando España salga del procedimiento de déficit excesivo.