Economía

Los reveses que asesta el TC a los abogados de Montoro: "Abdicó de su obligación"

Según la sentencia, el Gobierno abdicó de su obligación de hacer cumplir a todos con las exigencias fiscales, tal y como sostenía el PSOE.

  • Cristóbal Montoro en el Congreso de los Diputados

Los últimos tres folios de la sentencia del Tribunal Constitucional donde se declara nula la aministía fiscal lanzada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 tienen notable interés. En ellos, los magistrados del TC se dirigen directamente a los abogados del Estado para responder a sus alegaciones y explicarles por qué no están en lo correcto. En casi todos los mensajes subyace una misma idea: el fin, en materia tributaria, no justifica los medios.

La crisis económica es un requisito necesario pero no suficiente. La necesidad de ingresos que las administraciones públicas enfrentaban en 2011 no justifica por sí misma el haber recurrido a un decreto ley para un tema que afectaba al Título 1 de la Constitución, como es contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

"El Estado abdicó de su obligación" de hacer que todos paguen impuestos

El poder tributario tiene límites. Aquí, los magistrados del Constitucional niegan que la OCDE, que promovió declaraciones voluntarias para los defraudadores, justifique sus medidas. Ello no quitaba motivos al hecho, según indicaron los magistrados, de que se desbordaron las capacidades legislativas del Gobierno. "Deben respetarse los límites al ejercicio del poder tributario", algo que Cristóbal Montoro no hizo.

Las experiencias anteriores o de otros países no justifican nada. No importa la jurisprudencia. Esta regularización desbordaba los límites constitucionales.

Tampoco tenía razón el real decreto-ley 12/2012, según el TC, que decía que la situación era similar a l exoneración de responsabilidad penal frente a regularizaciones tributarias voluntarias realizadas antes del inicio de actuaciones de comprobación tributaria. Es decir se perdonaban las acciones punitivas por el incumplimiento de obligaciones tributarias, pero no se exoneraba de la obligación de pago de una deuda tributaria.

El estado abdicó de su obligación de hacer que todos paguen impuestos. Con las medidas, en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, "se aprovechó del mismo so pretexto de la obtención de ingresos". De esta manera, creen los magistrados del TC, se legitimó como una opción válida la conducta de los que "de forma insolidaria incumplieron su deber de tributar".

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