El Tribunal Constitucional (TC) veta las reclamaciones por la plusvalía municipal en la sentencia que acaba de hacer pública este miércoles. Se confirma lo que decía el texto que se filtró el jueves pasado y que contradecía lo que dijo la nota del propio TC del martes 26 de octubre, que permitía reclamar a quienes hayan autoliquidado el impuesto en los últimos cuatro años no prescritos, lo que abría la puerta a hasta 10.000 millones de devoluciones.
Así lo establece el fundamento sexto de la sentencia que anula el método de cálculo de la base imponible del impuesto, sobre su alcance y efectos. Impide reclamar a quienes hayan obtenido sentencia firme o resolución administrativa firme y situaciones consolidadas por venir de liquidaciones provisionales o definitivas no impugnadas y de autoliquidaciones no rectificadas. La nota permitía reclamar a estos últimos, la gran mayoría. Y lo aplica desde el 26 de octubre, día en que se dictó la sentencia y se publicó la nota. El TC estaba a la espera de que se redactaran los votos particulares.
De esta forma, sólo podrán reclamar quienes tengan un procedimiento administrativo o judicial abierto o a quienes vendieran en los últimos seis meses (de herencias) o un mes para el resto de casos y no hayan liquidado el impuesto.
La discrepancia entre la nota y la sentencia da pie a reclamaciones entre el 26 de octubre y el 3 de noviembre en que se ha publicado la sentencia, lo que ha propiciado una actividad frenética en los bufetes en los últimos días. Hacienda prepara ahora con urgencia un Real Decreto-ley con un nuevo impuesto, que aplicará de forma retroactiva desde 26 de octubre.
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