Las exigencias documentales de algunas entidades financieras para estudiar la concesión de los créditos ICO-COVID 19 han sorprendido a muchos de los que los han solicitado que esperaban mayores facilidades y agilidad en la concesión. A continuación, y a modo de ejemplo, se enumera la documentación exigida por una entidad financiera para el estudio de la concesión de un préstamo de 8.000€.
- Certificado de estar al corriente con hacienda.
- Certificado de estar al corriente con La SS.
- Declaración responsable del cliente.
- Memoria descriptiva de la inversión.
- Plan de pagos de la empresa firmado por el administrador.
- Balance y Cuenta de Resultados de 2019.
- IVA modelos 303 y 390.
- IRPD modelo 111/130 y resumen anual 190.
- Modelo 347.
- CIF (Copia de la tarjeta acreditativa).
- Acreditación del domicilio social mediante copia de la escritura y estatutos.
- CNAE modelo 036 o 037.
- Impuesto sociedades modelo 200.
- Cuentas anuales.
- Gastos Fijos.
- Además de varios formularios.
Evidentemente las entidades financieras están en su deber de defender sus intereses. Pero en algunos casos parece que su disposición por la concesión de los mismos es bastante limitada.
Además, con una cobertura del estado del 80%, en autónomos y pequeñas empresas, el riesgo real es muy limitado. Quizás se deba a que desconfían profundamente de lo que pueda ocurrir y prefieren abstenerse, lo que puede entenderse, aunque choca en la actual situación, para quienes no tienen riesgo con la entidad, pero inentendible si la empresa, o el autónomo, ya tenia riesgo abierto con la misma y a los que la no concesión de los citados créditos puede abocar al incumplimiento de los anteriores.