La Fiscalía ha descartado acusar al expresidente de la Generalitat Artur Mas por malversación en el 9N, el único delito que le atribuía en su querella que acarrea penas de cárcel, al entender que los gastos de la Generalitat para el proceso se acordaron antes de que el Constitucional suspendiera la consulta.
En un escrito, la Fiscalía se opone a los recursos presentados por Mas y las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau, que plantearon al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que archivara la acusación en su contra por los delitos de desobediencia y prevaricación al no acatar la suspensión de la consulta del 9N ordenada por el Tribunal Constitucional (TC).
Los fiscales sostienen en su escrito que se debe juzgar a Mas, Ortega y Rigau por los delitos de desobediencia y prevaricación
Los fiscales Francisco Bañeres y Emilio Sánchez-Ulled sostienen en su escrito que se debe juzgar a Mas, Ortega y Rigau por los delitos de desobediencia y prevaricación -que suponen penas de inhabilitación y multa- pero en cambio desisten ahora de acusar a los tres exresponsables de la Generalitat por un delito de malversación de caudales públicos, que sí formaba parte de la querella inicial y que es el único que acarrea penas de cárcel.
El ministerio público alega que, "desde la imparcialidad y objetividad" que rigen su actuación, han decidido desechar la posible pretensión acusatoria contra Mas, Ortega y Rigau por un delito de malversación, ante las "dudas" sobre su concurrencia.
En concreto, los fiscales apuntan que los gastos relacionados con la organización y desarrollo de la consulta del 9N de 2014 fueron comprometidos con anterioridad a la suspensión del Tribunal Constitucional, por lo que debería haberse suspendido su ejecución o utilización pero no dejarlos de pagar.