La Fiscalía del Tribunal Constitucional ha pedido que se estime parcialmente el recurso de José Antonio Griñán y otros siete condenados por el caso de los ERE en relación con sus inhabilitaciones por prevaricación. El Ministerio Público ha presentado sus alegaciones ante el tribunal de garantías en las que respalda parcialmente los recursos de ocho de los doce condenados, entre los que se encuentran el expresidente andaluz Manuel Chaves y la exministra de Fomento Magdalena Álvarez.
El Ministerio Público considera que sus recursos de amparo deben estimarse pero únicamente en lo relativo a las condenas de prevaricación por la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de la Junta. La Fiscalía entiende al respecto que no tiene reproche penal la elaboración de los presupuestos aprobados entonces y desde donde se desviaron partidas de 700 millones de euros para el fondo de los ERE.
Cabe recordar que Griñán y otros once condenados por la trama de los ERE recurrieron en amparo ante el Tribunal Constitucional tras confirmar el Supremo el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla. En el caso del expresidente andaluz se ratificó la condena de seis años de prisión por conocer, según expuso el Tribunal Supremo, "las ilicitudes" que se perpetraron con los fondos públicos. Del mismo modo también se le condenó por prevaricación, si bien este delito solo lleva aparejadas penas de inhabilitación.
Fiscalía, a favor de revisar la prevaricación
Al respecto, la Sala de lo Penal confirmó 15 años de inhabilitación a Griñán por este delito, así como nueve años para su antecesor en el cargo, Manuel Chaves; Magdalena Álvarez y el exconsejero de Presidencia de la Junta Gaspar Zarrías. Además de ellos, el Ministerio Público entiende que deben revisarse también las condenas de los exconsejeros Francisco Vallejo Serrano; Jesús María Rodríguez Román; Carmen Martínez Aguayo y Antonio Lozano Peña.
La Fiscalía, que como informó este medio pidió más tiempo al Tribunal Constitucional para emitir sus alegaciones, apoya parcialmente los recursos de estos condenados quienes invocaron vulneración del principio de legalidad penal. Según explica en una nota, considera que la condena por validar los anteproyectos de ley donde se recogían las partidas "excede el tenor literal" de la norma penal de la prevaricación recogida en el artículo 404 del Código Penal.
"Los razonamientos empleados en las sentencias de instancia y casación a tal efecto no satisfacen el estándar metodológico y axiológico que impone la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional", determina. El órgano entiende que mantenerles la prevaricación por aprobar las normas en su condición de altos cargos de la Junta de Andalucía presupone introducir un control de la jurisdicción penal que ni el orden Contencioso-Administrativo ni el propio tribunal de garantías han llevado a cabo en pronunciamientos anteriores.
Por ello propone que, en caso de otorgarse el amparo a Griñán y estos ocho de los doce condenados, se valore su conducta con exclusión de lo referido en relación a los anteproyectos de ley. Se trata de un criterio contrario al mantenido por la mayoría de la Sala de lo Penal del Supremo que concluyó que Griñán -quien está pendiente también de la tramitación de su indulto- "sabía que las transferencias de financiación eran un instrumento presupuestario ilegal".
Mantiene la malversación
Por contra, la Fiscalía razona que los otros motivos aducidos por los doce condenados deben ser desestimados ya que las sentencias impugnadas no incurren en las vulneraciones que alegan los demandantes. En concreto se opone a lo relativo a la presunta vulneración del derecho a la legalidad penal en relación con el delito de malversación de caudales públicos, así como a que se revise una vulneración de su presunción de inocencia por falta de pruebas suficientes contra sus condenas.
La Fiscalía también descarta que se deba revisar una presunta introducción sobrevenida del alto tribunal acerca de elementos que no se encuentran en la condena inicial de la Audiencia de Sevilla y también que se haya producido una vulneración de su derecho al honor por haberse difundido públicamente el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo antes de que se completara íntegramente su contenido.
De esta forma la Fiscalía cumplimenta el trámite de informe en el Tribunal Constitucional tras los recursos de amparo interpuestos por doce condenados en esta macrocausa de corrupción. Cabe recordar que el pasado mes de octubre el fiscal jefe del Tribunal Constitucional, Pedro Crespo, solicitó una ampliación del plazo de 30 días debido a la complejidad del asunto y el volumen de la causa. De esta forma se prolongó el plazo hasta este mes de enero.
La Fiscalía recuerda al respecto que cada recurso se ha estudiado por separado, de manera que el análisis de los mismos se ha llevado a cabo distribuyéndolos entre todos los y las Fiscales ante el Tribunal Constitucional. El siguiente paso es que el órgano resuelva sobre los mismos, aunque no se prevé que ese trámite se produzca hasta mediados de este nuevo año.
MACMalayerba
Y ahora la Fiscalía pregunta.: Pedro "medio presidente de Puigdemont" ¿que hacemos..................................? Pues eso.
Wesly
Pedro Sánchez ya nos lo dejó muy claro: La fiscalía de quién depende, eh, de quién depende?. Pues eso.
Publio Cornelio
Como no podía ser de otra manera, perro no come carne de perro
Al Kachondo
!! Que sorpresa !!
Birmania
La Fiscalía a favor de ayudar a los amigos.