Uno por uno. El fiscal anticorrupción de Baleares, Pedro Horrach, descalifica en el recurso presentado este viernes en la Audiencia Nacional los 14 indicios que llevaron al juez José Castro a imputar a la infanta Cristina como supuesta “colaboradora necesaria o cómplice” de las actividades de su marido, Iñaki Urdangarín, al frente del Instituto Nóos. El Ministerio Público recalca en su escrito que no se ha incorporado a la causa en el último año ningún elemento nuevo incriminatorio, ni documental ni testifical, contra la hija del rey, y acusa al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de “deformar” en su auto la realidad para “ajustarse a las expectativas” mediáticas creadas por el caso.
El recurso, de 20 folios de extensión, alega que no se puede imputar a nadie por hechos “que a priori no presentan rasgos delictivos” y resalta que lo únicos “hechos incuestionables” que hay en el sumario sobre Cristina de Borbón son que figura como vocal del Instituto Nóos, que su nombre aparecía reflejado en un folleto publicitario del mismo y que ostentaba el 50% de las participaciones en otra empresa de la trama, Aizoon SL. El Fiscal recuerda que ese es el escaso bagaje contra ella después de una investigación en la que no se “han escatimado esfuerzos”, con decenas de declaraciones, comisiones rogatorias a Andorra, Luxemburgo y Suiza, y el análisis de numerosa documentación, incluidos los correos electrónicos incorporados a la causa en los últimos meses.
Anticorrupción rebate uno por uno los 14 indicios que Castro enumeró para imputar a la segunda hija del monarca
En el escrito, Anticorrupción sugiere que el juez Castro se ha echado en brazos de la acusación popular ejercida por el sindicato Manos Limpias hasta el punto de hacer suyos gran parte de los indicios que ésta esgrimió en febrero de 2012 cuando pidió por primera vez la imputación de la infanta Cristina. De hecho, detalla qué seis de los 14 indicios por los que ha decidido citar a declarar a la infanta son “una viva reproducción” de los que en su día planteó esta acusación. En este sentido, la Fiscalía recuerda que fue el propio magistrado quién desestimó estos argumentos en marzo del año pasado con un contundente escrito del que ahora reproduce numerosos párrafos literales de aquel auto. En dichos fragmentos, el magistrado calificaba los mismos indicios de “inconsistentes y débiles”, según recalca el Ministerio Público.
Tampoco da validez incriminatoria a los correos electrónicos que menciona el juez Castro en su auto, al considerar que éstos, o bien se refieren a actividades que no son “objeto de investigación” en el sumario o simplemente no implican que la hija del rey estuviera al tanto de “las supuestas operaciones comerciales en las que interviene su cónyuge”. En su rebatir uno por uno los 14 indicios esgrimidos por el magistrado en su auto de imputación, Anticorrupción recalca que las supuestas conversaciones que Cristina de Borbón tuvo con su padre sobre las actividades irregulares de Urdangarín y las recomendaciones que éste le hubiera podido realizar “pertenecen al ámbito estrictamente privado” y son “penalmente irrelevantes”.
El escrito critica también el auto del juez Castro al considerar que tergiversa algunas de las declaraciones judiciales que éste menciona para mantener las sospechas sobre la intervención de la infanta. En concreto, cita las manifestaciones realizadas en el juzgado por otros dos imputados: el secretario de las infantas, Carlos García Revenga, y la mujer de Diego Torres, Ana María Tejeiro. Sobre la expresión que de esta última recoge en su escrito el magistrado –“por ser quién es”-, la Fiscalía asegura que Castro la ha descontextualizado y malinterpretado.
El fiscal tampoco cree que existan elementos que incriminen a la infanta en los delitos contra la hacienda pública
Anticorrupción también encuentra errores de forma en el auto de imputación de la infanta al considerar que “ni realiza relato de hechos ni valoración incriminatoria concreta, ni refiere el instructor qué norma del código penal presuntamente se infringe”. Incluso, asegura que el juez Castro se limita a apuntan “de manera solapada” a un presunto delito de tráfico de influencias por “la mera aparición de un nombre en los folletos informativos”, algo que considera que no es suficiente para afirmar que se ha cometido dicho delito “por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate”. En este sentido, recuerda que algunos de los imputados ligados a las Administraciones públicas que concedieron contratos a la trama de Urdangarín y su socio han reconocido en sus declaraciones que ni siquiera vieron el folleto del Instituto Nóos en el que aparecía el nombre de Cristina de Borbón.
Tampoco cree el fiscal que haya elementos que incriminen a la infanta en los delitos contra la hacienda pública de los que sí se acusa a su marido. En este sentido, la Fiscalía asegura que “jamás” se ha imputado “a un socio de una compañía mercantil por delito contra la Hacienda Públcia por el mero hecho de tener la cualidad de socio”, en referencia al supuesto papel inactivo que en su opinión mantuvo Cristina de Borbón en Aizoon, la empresa que compartía con Urdangarín y a través de la cuál este supuestamente hizo pasar gastos e ingresos de otras actividades para no declararlas al fisco.