La Guardia Civil usó la fuerza correctamente durante su intervención en el Ayuntamiento de Fonollosa (Barcelona) con motivo del referéndum ilegal del 1-O. Esa es una de las conclusiones del auto de la juez de Instrucción número dos de Manresa, que ha archivado la causa contra tres agentes del Instituto Armado acusados de varios delitos, entre ellos detención ilegal por el que podrían haber sido condenados a una pena de entre seis y nueve años de cárcel.
Los tres guardias civiles fueron citados a declarar en calidad de investigados. La Generalitat de Cataluña ejerce en este caso la acusación popular. Un participante en la consulta les denunció por haberle tenido en torno a 15 minutos esposado sin que nadie le leyera sus derechos o le comunicase su detención. Varios particulares les acusaban por lesiones sufridas ese día, entre ellos una mujer que acabó con un brazo roto. El propio alcalde denunció los daños ocasionados en el ayuntamiento, valorados en 6.500 euros.
En el auto del 20 de septiembre al que ha tenido acceso Vozpópuli, la magistrada Aurembiaix Giribet Serveto desgrana los argumentos por los que ha decidido el sobreseimiento sobre todos los delitos. En el punto en el que aborda los daños en el consistorio, reconoce el “deterioro evidente” -incluso en los despachos de los políticos- pero recuerda que “varios ciudadanos se sitúan en la puerta del ayuntamiento -cerrándola, sujetándola con fuerza, desde el interior-, intentando impedir el acceso a la fuerza actuante”.
La fuerza necesaria
“Es decir, existe una clara tensión, y voluntad de impedimento, por parte de la ciudadanía, para que se desarrolle la actuación de los agentes de la Guardia Civil con normalidad”, añade el auto, donde se recuerda que los agentes acudieron en cumplimiento de la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Tenían la orden de impedir el referéndum ilegal y requisar todo el material electoral en aquellos lugares donde se estuviese celebrando la votación.
“Se deduce que para desarrollar la actuación ordenada por el TSJC fue necesario emplear mínimamente la fuerza en algunos puntos de las instalaciones, a fin de acceder a determinados espacios de las instalaciones del Ayuntamiento”, zanja la juez, que avala la actuación de las fuerzas de seguridad, criticada duramente por los sectores independentistas. El cumplimiento del auto le vale también para justificar el archivo del delito de vulneración de derechos al disolver a los concentrados. La localidad de Fonollosa tiene una población de 1.500 habitantes censados.
En relación a la denuncia por detención ilegal, la juez recoge ambas versiones. El votante sostiene que fue a ayudar a un amigo que en ese momento estaba retenido contra el suelo por los agentes. Afirmó sentirse “humillado por el trato recibido”. El primer guardia civil dijo que no tuvo nada que ver en la acción. El segundo declaró que no le puso los grilletes y que al rato le vio de nuevo mezclado entre la multitud.
Detención ilegal
El tercer agente sí admitió haberle engrilletado al ver que había agredido a otro guardia, reconoció que no le leyó sus derechos, pero argumentó que dejó pendientes de su custodia a otros compañeros. Sobre este último, la magistrada apunta si acaso a que sea sancionado disciplinariamente en virtud de la ley de seguridad ciudadana por su actuación, pero no ve nada punible penalmente.
Indica que las imágenes que obran en su poder no aclaran quién y cómo se llevaron al hombre a otra parte o si alguien le leyó los derechos en algún momento. Sí cree al primero y dice que “no tuvo nada que ver” porque se ve en los vídeos sin casco y se le distingue con claridad. Sobre el resto, no tiene indicios suficientes para considerarles culpables. “Se necesita para condenar una certeza fuera de toda duda”, afirma.
En este auto también archiva las actuaciones contra el propio votante al que también investigaba por una presunta agresión a los agentes. La juez concluye que en las imágenes se aprecia que tan solo tiene la intención de ayudar a su amigo tendido en el suelo. Recuerda además que no consta que fuese formalmente detenido. Contra esta decisión cabe posibilidad de recurso, pero este archivo se produce después de que el pasado octubre la Audiencia Provincial de Barcelona obligase al Juzgado a reabrir el caso e investigar a los guardias civiles.