El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha solicitado un juez refuerzo durante seis meses –con opción de prórroga de otros seis- para el Juzgado Central de Instrucción Número 6, que él dirige, con el fin de dar impulso a los 47 procedimientos que el instructor tramita en estos momentos, entre ellos la operación Púnica, la plataforma Herrira y el frente de cárceles de ETA, la causa contra los Ángeles del Infierno, el caso de Petromiralles, la investigación al clan de los Polverino, etc.
Según informan fuentes jurídicas, el magistrado se ha dirigido al presidente de la Audiencia, José Ramón Navarro, para que ponga en conocimiento de la Sala de Gobierno de este tribunal su petición de refuerzo y sea este órgano, a su vez, el que informe al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Es el órgano de gobierno de los jueces el que tiene siempre la última palabra en materia de refuerzo de los juzgados.
Velasco pretende de esta forma poder impulsar la instrucción de la trama Púnica –que este miércoles dividió en doce piezas separadas con el mismo objeto de agilizar la investigación- y de 46 procedimientos más que instruye en la actualidad, siendo varios de estos casos de corrupción de especial complejidad.
"Un problema de calidad"
Las mismas fuentes explican que el magistrado considera que muchas de estas causas están en fase final de instrucción y que, para concluirlas sin dilaciones, su juzgado debe ser reforzado con la presencia de un juez de apoyo.
No se trata de reforzar la plantilla judicial con más funcionarios –ya que Velasco entiende que éstos trabajan de forma impecable- sino de que otro magistrado se haga cargo de los procedimientos que por turno de reparto recaigan en el Juzgado Central Número 6 de la Audiencia mientras su titular concluye el casi medio centenar de causas que tramita en la actualidad.
En un escrito, el juez Velasco detalla que tiene pendientes de instruir 47 "asuntos complejos que es necesario impulsar y agilizar" y que "no es tanto un problema de cantidad sino de calidad y complejidad de los mismos".
El nombramiento del juez de apoyo, que está amparado por el artículo 216 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y se realizaría a través de una comisión de servicio por un plazo inicial de seis meses prorrogable por otros seis.