El Juzgado de lo Social número 4 de Madrid ha avalado el despido de una empleada que había bajado su rendimiento en represalia por no permitirle teletrabajar antes de la pandemia provocada por el coronavirus.
En concreto, tal y como explica Expansión, que ha tenido acceso a la sentencia, la trabajadora de una multinacional del sector farmacéutico había pedido teletrabajar, a lo que la empresa se negó alegando que su productividad había bajado durante los cinco meses anteriores y no superaba el mínimo exigido.
Tras esa decisión de la empresa, la empleada bajó su rendimiento a la mitad durante los meses siguientes, volvió a solicitar la posibilidad de trabajar desde casa y alegó que no podía mejorar su productividad asegurando que estaba desmotivada. Por todo ello, fue despedida.
Aunque la trabajadora alegara improcedencia del despido, la compañía le imputó incumplimiento del contrato grave por transgresión de la buena fe contractual y disminución voluntaria en el rendimiento de su trabajo (amparándose en los artículos 54,2 d) y e) del Estatuto de los Trabajadores).
Sentencia favorable a la empresa
De este modo, la sentencia, según Expansión, indica que "no se puede permitir que un trabajador presione a la empresa para conseguir lo que quiere, en este caso el teletrabajo, y que por ello disminuya su rendimiento de forma tan relevante". Entiende además que la despedida actuó de "mala fe".