Nuevo revés judicial para Rita Maestre. El Juzgado de lo Contencioso número 14 de Madrid ha dado la razón a tres vocales críticos con la dirección de Más Madrid que fueron cesados de sus cargos a finales de mayo. La decisión se produce en idéntico sentido a la de otros seis vocales de la formación, de manera que se concluye que los nueve ceses producidos en mayo son irregulares.
En un auto del pasado 20 de septiembre y al que ha tenido acceso Vozpópuli, la magistrada Gema María del Pino concluye que se han vulnerado los derechos de los tres vocales vecinos del distrito de Tetuán por negarse a cumplir con la nueva carta financiera impuesta por la dirección del partido. El fallo recoge que, con su cese, se infringe lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Constitución el cual establece que “los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”.
El cese de estos vocales –que se produjo en paralelo al de cuatro del distrito Salamanca y uno de Carabanchel- fue justificado por parte de la dirección del partido por “pérdida de confianza”. Ellos, por su parte, calificaron los hechos de purga y los enmarcaron en su cercanía con los cuatro concejales de Más Madrid que se marcharon en marzo de la formación desavenencias con la cúpula. Se trata de Marta Higueras, Luis Cueto, José Manuel Calvo y Felipe Llamas, todos ellos muy próximos a la exalcaldesa Manuel Carmena.
Justificar la pérdida de confianza
En su recurso, al que se opuso la Fiscalía, los ediles explicaron que no se les podía cesar por no pagar unas cuotas financieras a la formación política porque no se contempla como una de las posibilidades que recoge el Reglamento Orgánico de los Distritos de Madrid. Por ese motivo no solo se actuó contra Mas Madrid sino también contra el Ayuntamiento a cuyo frente está José Luis Martínez Almeida. De hecho, el consistorio también se opuso al recurso de estos tres voves alegando que carece de competencias para estudiar si se han cumplido o no los requisitos para cesarles de sus cargos públicos.
Finalmente, Mas Madrid (que expulsó a los vocales de su chat de Telegram antes de cesarles formalmente) expuso que el compromiso que se negaron a asumir de pagar la futura carta financiera figuraba entre los requisitos para ser propuesto y nombrado vocal vecino. Al hilo, la sustituta del titular del Juzgado de lo Contencioso número 14 razona que todas estas cuestiones ya han sido resueltas por una sentencia del pasado 13 de septiembre (relativa a los otros vocales cesados) y que concluye que para que la pérdida de confianza se considere causa legítima es necesario que la misma sea "expresamente retirada" por el partido, hecho que no se produjo al no figurar en ninguna comunicación.
El auto también reprocha al grupo municipal de Más Madrid que se limitara a pedir al consistorio que procediera al cese y que éste actuara "miméticamente" sin que conste haber efectuado "el más somero control de legalidad". La magistrada prosigue recordando el fallo anterior en el que habla de un "automatismo" por parte del Ayuntamiento y le reprende por no haber solicitado a la formación que lidera Rita Maestre que aportase los motivos concretos por los que cesaba a estos cargos electos.
Al hilo también alude a dos sentencias del Tribunal Supremo de marzo de 1982 y diciembre de 1984 según las cuáles "ante la comunicación de un partido político a una corporación local dando cuenta de la pérdida de la condición de miembro del mismo de una persona que ostenta un cargo electivo municipal, el órgano plenario de la corporación está obligado a calificar o examinar si se dan los requisitos esenciales".