Las llamadas spam han traído de cabeza a todos y cada uno de los españoles en algún momento de sus vidas. Esos números ocultos o al descubierto que, a cualquier hora del día, nos han molestado sin nuestro consentimiento para ofrecernos diferentes tipos de productos, especialmente relacionados con compañías telefónicas. ¿Eres uno de estos afectados? Sigue leyendo que vamos a explicarte todo.
Los consumidores, cansados de este ciclo sin fin, emprendieron una batalla para paliar y erradicar estas llamadas spam. Una guerra que pareció tener su final el pasado 28 de junio del 2022, cuando se publicó en el BOE la nueva Ley General de Telecomunicaciones, la cual prohibía, en su artículo 66.1.b, la realización de las mismas sin el consentimiento de los usuarios implicados.
En resumen, ninguna empresa podrá molestarnos sin contar con nuestra conformidad de forma explícita. Adiós a llamadas spam con fines comerciales, solo quedaría el resquicio de un interés legítimo si empresa y contactado tienen una relación contractual de algún tipo. Esta nueva ley se aplica a todo ciudadano que tenga una numeración fija o móvil asignada en España.
Paralelamente, también afecta a las empresas que comercialicen bienes o servicios en España. Esta ley tiene un gran punto positivo, y es que engloba también las llamadas spam que se realicen desde un call center ubicado fuera de nuestro país. Además, este texto legal también aplicará las sanciones acordadas a las empresas, aunque estas subcontraten las llamadas a compañías de telemarketing fuera de España.
Aunque la ley fue aprobada en 2022, tenía un año para implementarse. Con lo cual, su entrada en vigor fue el 29 de junio de 2023, tal y como se recogía en la disposición final sexta de la ley. Pero, ¿esta ley iba a evitar al 100% que no pudiéramos recibir llamadas spam? Bueno, la idea era reducir este tipo de molestias a su mínima expresión, pero como están pudiendo comprobar los españoles... aún existen estas llamadas spam.
¿Qué sanción tienen estas llamadas spam?
Tal y como hemos apuntado antes, las llamadas spam siguen existiendo, la inmensa mayoría a través de empresas contratadas por las propias compañías para hacerles el trabajo sucio. Contábamos hace unos días en Vozpópuli que estas empresas generalmente son subcontratadas por las grandes compañías y emplean estas técnicas piratas para captar clientes de la competencia.
Estas actúan a espaldas de su propio cliente en su incesante búsqueda de resultados. Fuentes de distintas compañías reconocen que cuando se han detectado este tipo de fraudes, los contratos se cesan de manera fulminante, ya que afectan a la imagen de la propia multinacional.
Si las llamadas que recibimos no cumplen los anteriormente citados requisitos de ser de interés general o de carácter urgente, estas llamadas pueden ser sancionadas por la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) en base a los artículos 108 y 109 de la Ley General de Telecomunicaciones. Serán consideradas faltas leves, y la infracción podría ascender a los 100.000 euros.
Excluyendo emails y consentimientos en páginas webs, se puede evitar el spam telefónico dejando claro en la primera llamada a estas compañías que no deseamos volver a recibirlas. En caso de persistir, deberemos hacerlo constar a la propia AEPD para que abran el expediente correspondiente.
Además, se recomienda hacer llegar nuestro caso a asociaciones de consumidores como OCU o FACUA, para que estas puedan llevar un control más exhaustivo de estas malas prácticas. Sea como fuere, la lucha por erradicar el spam telefónico no ha hecho más que empezar, y no hay que cejar en el empeño de poder tener un día a día más tranquilo, sin sobresaltos en las siestas ni molestias innecesarias.
Usuario Remoto
Saltan sobre las personas mayores como hienas. Son sus únicos objetivos, y a los que engañan sin ningún escrúpulo. Van cambiando de número de ataque y les acosan sabiendo que son las presas más débiles. Urge protección legal especial para los mayores contra estos acosadores.