Lotería de Navidad 2023

Si comparto décimo y toca, ¿cómo se cobra? ¿Quién lo declara a Hacienda?

Te contamos las recomendaciones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) a la hora de compartir Lotería de Navidad

Compartir un décimo de la Lotería de Navidad es una de las tradiciones más extendidas en nuestro país. Cuando llega la época navideña, la ilusión por conseguir uno de los premios de este sorteo inunda las calles. Se pueden ver colas y colas de personas esperando para comprar uno de los boletos que puede resultar ganador del ansiado 'Gordo'. Hay algunos que comprar el décimo y no comparten, pero lo habitual es jugar en familia, con amigos, compañeros de trabajo...

Cada año miles de españoles comparten alguna participación comprada o regalada. Sin embargo, los problemas llegan en el momento en el que, si ha tocado algo de dinero, se tienen que repartir las ganancias entre todos los que han participado. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha dado algunas recomendaciones sobre este asunto cuando tan solo quedan unos días para el sorteo de la Lotería de Navidad 2023.

Las recomendaciones de la OCU si se comparte un décimo de Lotería de Navidad

Los décimos de la Lotería de Navidad son documentos al portador. Esto quiere decir que si el boleto resulta premiado, la cifra la tiene que recibir la persona que tiene ese décimo. No obstante, las dudas llegan cuando se comparten. ¿Qué ocurre si tengo una participación? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lo tiene claro. Para evitar cualquier problema con ellas, ha emitido una serie de consejos.

El primero de ellos es que si compartes lotería será necesario que la persona que se quede con los décimos los fotocopie y le de cada una de las copias a los participantes. Todas ellas, tendrían que estar firmadas con su nombre y con el DNI en el que se muestre que la persona está jugando ese número, serie, fracción y sorteo.

La OCU dice que también se puede enviar una foto del décimo por email o por WhatsApp. Lo cierto es que los mensajes de esta red social pueden ser una prueba, siempre que aparezcan los datos de la persona que tiene el décimo, los participantes y la participación de cada una de las personas que están compartiendo los décimos.

Por otro lado, la Organización de Consumidores y Usuarios explican lo que se debe tener en cuenta en el caso de que se comparte la lotería en un matrimonio. En muchas ocasiones, las parejas deciden cobrar por su cuenta el décimo y no compartir las ganancias. Este puede llegar a ser un motivo de conflicto en las rupturas. Por eso, es importante tener en cuenta que si el matrimonio es en gananciales, se tendrá que repartir el premio de los décimos al 50% para cada uno. En el caso contrario, si el régimen económico es de separación de bienes, el premio es de la persona que ha comprado el décimo. Habrá excepciones si se puede demostrar que se ha comprado a medias.

Además, a la hora de cobrar un premio que es compartido hay que identificar en el banco a cada ganador y a su porcentaje de participación. Una vez se ha hecho esto, la OCU dice que los bancos pueden abonar el premio entero, después de quitar el importe que se debe tributar, en la cuenta de la persona que es titular de una cuenta en ese banco. Después, tendrá que repartir el premio según se haya convenido. Hay que tener en cuenta que el mínimo por el que se tributa es de 40.000 euros. Esto quiere decir que se descuenta el impuesto y después se puede repartir la cantidad neta entre los participantes. El premio no se declara en el IRPF pero lo rendimientos que genere sí.

En el caso de que el premio sea inferior a 2.000 euros se podrá cobrar en cualquier punto de venta de Lotería. Sin embargo, si la cantidad es superior se tiene que ir a alguna de las entidades bancarias colaboradoras que no podrán cobrar ninguna comisión ni exigir contraprestación.

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