El Sistema Integrado de Interceptación Telefónica (SITEL), el software espía que enfrentó la pasada legislatura en un agrio debate al PP, en la oposición, con el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero sigue hoy activo pese a las lagunas jurídicas en su funcionamiento que denunciaron entonces los populares. "Veo todo lo que haces y oigo todo lo que dices", espetó el entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, al diputado popular Carlos Floriano en noviembre de 2009. Ahora, en plena polémica sobre la supuesta colaboración de España y Francia con la Agencia de Seguridad Nacional (NSA, por sus siglas en inglés) de EEUU, a la que habrían facilitado millones de llamadas telefónicas en los últimos años, los servicios secretos españoles han sido puestos en el punto de mira. A nivel interno, tanto el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) como la Policía y la Guardia Civil tienen acceso a SITEL, un sistema de escuchas que permite controlar los datos de los titulares de los más de 50 millones de líneas de telefonía móvil que hay operativas en España, según cifras de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).
Los populares denunciaron en 2009 en el Congreso de los Diputados que SITEL, cuya sala técnica se encuentra en el complejo policial de Canillas (Madrid), “aporta mucha más información sobre la persona a la que se investiga que la mera conversación a la que generalmente se refiere el juez cuando autoriza una interceptación telefónica". Esas referencias añadidas son, por ejemplo, el DNI del interlocutor, su domicilio, su equipo móvil, localización geográfica de emisor y receptor, tráfico de llamadas, SMS, MMS, correos electrónicos, accesos a Internet e información generada por la navegación.
Con todo, en el PP han mantenido siempre que SITEL puede resultar útil para combatir el crimen organizado, el terrorismo, la corrupción y otros delitos graves. De hecho, fue el Gobierno de José María Aznar, con Mariano Rajoy como ministro de Interior, el que adquirió SITEL por 10 millones de euros en 2001, aunque no fue puesto en pleno funcionamiento hasta 2004, ya con Zapatero en La Moncloa. Sin embargo, los populares no compartieron el uso “ilegal” de dicho programa durante la etapa de Rubalcaba y plantearon -sin éxito- la necesidad de elaborar una ley orgánica, por cuanto se veían afectados derechos fundamentales, que permitiera acoger todo lo que se investiga dentro de la orden que dictan los jueces.
Los populares plantearon en la oposición la necesidad de elaborar una ley orgánica, al verse afectados derechos fundamentales, que permitiera acoger todo lo que se investiga dentro de la orden que dictan los jueces
El azote del anterior Gobierno en este asunto, el hoy vicesecretario general de Estudios y Programas del PP y presidente de la Comisión de Interior en el Congreso de los Diputados, Esteban González Pons, criticó que SITEL supone una “intromisión en el derecho a la privacidad de las comunicaciones y en la intimidad de las personas”. Transcurridos 22 meses desde la llegada del PP al poder, todavía no hay más que el compromiso del Gobierno de abordar la regulación del software espía en la próxima reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya presentación estaba prevista para este otoño, pero que aún no ha sido remitida a la Cortes para su tramitación.
En el informe de la Comisión para la elaboración de una propuesta de texto articulado de Ley de Enjuiciamiento Criminal, esto es, el borrador que maneja el Ministerio de Justicia para la redacción del anteproyecto, se incorporan, prácticamente al dictado, las exigencias que hizo el PP cuando estaba en la oposición. Así, según el texto consultado por Vozpópuli, la futura normativa autoriza “la intervención y registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realicen a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual”, pero será el “propio Tribunal, ponderando la gravedad del hecho que está siendo objeto de investigación, el que determine el alcance de la injerencia del Estado en las comunicaciones particulares”.
En este sentido, explica el informe que el tribunal deberá “precisar el ámbito objetivo y subjetivo de la medida”, es decir, “tendrá que motivar, a la luz de los principios de la ley, si el sacrificio de las comunicaciones telefónicas no es suficiente y si la investigación exige, además, la interceptación de los SMS, MMS o cualquier otra forma de comunicación telemática de carácter bidireccional”.
Control al 'Gran Hermano' estatal
Asimismo, se establece un plazo de tres meses como duración máxima inicial de la intervención, con la posibilidad de ser ampliado por periodos sucesivos hasta un máximo de un año, “siempre que subsistan las causas que motivaron aquélla”. De esta forma, indica el informe, se busca un equilibrio entre la necesidad de valerse de estas diligencias para la investigación y la importancia de no prologar “de forma innecesaria la interferencia de los poderes públicos en la privacidad de los ciudadanos afectados por la medida”.
Por otro lado, el texto incluye ciertos límites a la utilización de las grabaciones en un proceso distinto al inicial y también contempla un precepto destinado a fijar los términos del borrado y eliminación de las grabaciones originales, una vez concluya al procedimiento, conservándose sólo una copia bajo custodia del Fiscal o del Tribunal. De este modo, concluye el dossier, “se pretende con ello evitar toda difusión de un material que, por su propio contenido, podría dañar de forma irreparable la intimidad del afectado”.