ONG bajo sospecha... sólo si son musulmanas. El Ministerio del Interior ha dictado un nuevo protocolo de actuación en las cárceles para evitar que los presos comunes que profesen el Islam terminen abrazando el yihadismo que incluye someter a un control previo a las organizaciones no gubernamentales que dan asistencia religiosa a estos reclusos. Esta vigilancia no se aplica, sin embargo, a colectivos similares de otras confesiones. Así lo recoge una instrucción confidencial distribuida por Instituciones Penitenciarias el pasado viernes a las prisiones y a la que ha tenido acceso Vozpópuli, que considera "de vital importancia desarrollar medidas de seguimiento preventivo de estos grupos, de sus objetivos y sus fines". También añade que antes de autorizarse que integrantes de los mismos accedan al interior de las cárceles habrá que elaborar un informe.
Prisiones también quiere someter a "seguimiento preventivo" a las personas concretas que en nombre de estas organizaciones entren en las cárceles
La orden se ha incluido dentro del apartado de "medidas de intervención con los internos" en el que se fijan seis actuaciones a aplicar sobre el colectivo de presos musulmanes para evitar el proselitismo yihadista. En concreto, en cuarto lugar aparecen recogidas las "medidas dirigidas a la intervención de las ONG,s (sic) y de otras asociaciones o grupos vinculados al fomento de la cultura musulmana o al desarrollo de actividades de este colectivo". En el mismo, los autores del documento destacan que, además de a éstas, se hará un "seguimiento preventivo" a las personas concretas que en su nombre "impartan las actividades dentro de prisión".
El documento deja claro que dicho control va más allá del "protocolo ordinario establecido" para otras organizaciones que realizan labor de apoyo a los reclusos, pero que no son musulmanes, y recalca que una vez realizado el mismo "habrá que remitir al Centro Directivo [de la prisión] esta información para su control". Además, Interior quiere que estas investigaciones se mantengan "una vez autorizada la actividad", para lo cual ordena establecer "mecanismos de seguimiento de [las] mismas, así como evaluaciones periódicas que garanticen la sintonía de estas prácticas con los objetivos del presente programa".
"Imanes moderados"
El documento, de veinte folios de extensión, muestra en varias ocasiones el temor de Instituciones Penitenciarias a que el proselitismo religioso entre los presos comunes musulmanes se haga, además de por los presos de esta confesión condenados por terrorismo, por personas de fuera de las prisiones que accedan a la misma a cubrir las necesidades religiosas de un colectivo que se sitúa ya cerca de los 7.000 internos. Por ello, otra de las "medidas de intervención" que Interior ha fijado es que dicha asistencia "se facilite por imanes moderados que puedan contrarrestar la ideología y las desviaciones en la interpretación de los textos sagrados de los que se están sirviendo los radicales".
Interior insiste en buscar para las cárceles "imanes moderados que puedan contrarrestar la interpretación de los textos sagrados que hacen los radicales"
En este sentido, Instituciones Penitenciarias quiere que "en las prácticas colectivas, esta asistencia religiosa se desarrollará en un local multifuncional [de la cárcel] y, en ningún caso, se permitirá que el mismo sea utilizado de forma exclusiva para los ritos musulmanes y por internos musulmanes". Además quiere evitar a toda costa que aquellos reclusos que se "autoproclamen" líderes del colectivo "ocupen o desarrollen labores similares a los imanes en los centros penitenciarios en la práctica de rito o rezos colectivos". "Estos rezos deben estar prohibidos cuando no sean presididos o dirigidos por el imán autorizado", insiste el texto.
Tres tipos de presos
El programa de Interior pretende, de hecho, un control exhaustivo sobre los reclusos sospechosos de dedicarse al proselitismo así como de aquellos que parezcan proclives a dar el paso hacia el yihadismo. Por ello, quiere que a partir de ahora "los responsables de los establecimientos penitenciarios recopilarán y buscarán de forma discreta toda la información posible a partir de los indicios que puedan aparecer". Para ello, pide que los funcionarios elaboren informes de los internos a partir de la observación de "la conducta y comportamiento de estos internos", además de "controles y cacheos". "Se recabará información de las comunicaciones con el exterior, del peculio [el dinero que disponen para gastar dentro de la cárcel], de sus relaciones con profesionales y con otros internos, de confidentes..." para elaborar dichos análisis que permitirán dividir a los presos musulmanes sospechosos en tres grandes grupos.
Interior clasificará a los presos musulmanes sospechosos de yihadismo en tres grupos: "terroristas", "radicalizadores" y "radicalizables"
En el primero de ellos, denominado con la letra 'A', se situarán los "terroristas", es decir, "todos los internos condenados o procesados por hechos y/o pertenencia o vinculación con grupos u organizaciones terroristas asociadas al denominado terrorismo islámico". Para ellos, Interior pretende "una atención y control especial" en el que, además de "medidas de separación" del resto de los presos, se le aplicará el régimen cerrado que permita mantener alejado "de otros internos terroristas o de internos musulmanes susceptibles de ser radicalizados o adoctrinados".
En el segundo grupo, el 'B', se incluirán a los que el informe califica de "radicalizadores y sus colaboradores", entre los que se encuentran aquellos que, a posteriori de su ingreso en prisión, se descubra su vinculación a grupos terroristas, a los que "ejerzan un rol de liderazgo y ascendencia sobre otros internos", a los que "lideren grupos de presión o coacción para obligar a otros reclusos a seguir los postulados más radicales de la religión islámica" y a aquellos que cumplan condena por otros delitos pero en su momento hubieran estado acusados de actividades terroristas y hubieran sido absueltos de los mismos. Por último, Instituciones Penitenciarias crea el grupo 'C' para englobar en él a los "radicalizables o iniciados en procesos de captación". Los expertos antiterroristas quieren que en él se incluyan a aquellos internos que hayan "incitado o protagonizado incidentes" con un transfondo religioso y a los que los funcionarios consideren que "han iniciado un proceso de radicalización" por su comportamiento.