El juez ha autorizado un permiso de salida que el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva solicitaron después de que se les revocara el tercer grado al considerar que es un "estímulo" para que sigan con su "adecuada trayectoria penitenciaria".
Así lo sostiene el titular del Juzgado de Vigilancia número 5 de Cataluña en sendos autos con los que avala un permiso de salida ordinario que cuenta con el visto bueno de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona), donde cumplen condena por el 'procés', y al que se opuso la Fiscalía.
Según el magistrado, los tres cuentan con los requisitos legales y reglamentarios mínimos para la concesión del permiso de salida, puesto que están clasificados en segundo grado, ya ha cumplido un cuarto de la condena y no les consta ningún expediente disciplinario por mala conducta.
Por eso, considera en los tres casos que "el interno se encuentra en condiciones de gestionar de forma adecuada el permiso de salida" y es "merecedor de que se le otorgue la confianza a fin de que pueda hacer un buen uso del permiso y que éste pueda incidir positivamente en el mismo, sirviéndole como estímulo para seguir con una adecuada trayectoria penitenciaria y preparándole para su puesta en libertad".
El juez rechaza así uno de los argumentos esgrimidos por el fiscal, que se opuso a la concesión del permiso tanto por la gravedad del delito por el que fueron condenados como por la duración de la pena, ya que entendía que la salida "no servirá al fin propio de prepararle (al interno) para la futura vida en libertad del que aún queda un largo tiempo".
"La concesión de permisos penitenciarios excesivamente anticipados hacen ilusoria la finalidad de prevención especial o retributiva que la pena cumple", advirtió en su escrito el ministerio público, un parecer que no comparte el magistrado, para quien las salidas están previstas, precisamente, para alcanzar "esa progresiva reeducación y rehabilitación social del penado".
Otras salidas "sin incidencias"
El juez subraya además que la normativa penitenciaria no establece excepciones en función del delito o la duración de la pena siempre y cuando la junta de tratamiento haya informado favorablemente y recuerda que Junqueras, Turull y Romeva ya realizaron salidas del centro penitenciario cuando estuvieron en tercer grado y cuando se les aplicó el artículo 100.2 sin "incidencias negativas".
Asimismo, destaca que ninguno de los tres exconsellers presenta riesgo de fuga -"No se corresponde con la conducta del interno demostrada hasta la fecha"- y apunta que, aunque no "asumen" el delito, sí reconocen haber cometido los hechos penados.
"De los informes se infiere que el interno sí realiza un reconocimiento de la comisión de los hechos (lo que es un primer paso hacia la asunción delictiva), aunque ciertamente no se observa asunción delictiva, lo que debe seguir siendo tratado desde el centro penitenciario a través del régimen ordinario", remarca en sus respectivos autos.
Junqueras, Turull y Romeva, así como los Jordis, los exconsellers Josep Rull y Dolors Bassa y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell están de nuevo en prisión después de que se les suprimiera, a raíz de recursos de Fiscalía, el régimen de semilibertad que les había concedido la Generalitat.
En el caso de los hombres, vuelven a estar encerrados desde inicios de marzo, mientras que las mujeres regresaron a la cárcel a principios de este mes, de forma que todos ellos pueden ahora disfrutar de sólo 36 días de permiso al año y de salidas entre semana para trabajar o hacer voluntariado en virtud del artículo 100.2 en caso de que se les conceda.