Política

La rebaja de penas de la Abogacía no tiene consecuencias penales reales

Los acusados aseguran que la importante reducción de la pena por parte de los servicios jurídicos del Estado no tiene ningún efecto real en la causa, por lo que sostienen que la decisión es meramente "cosmética"

  • El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

La rebaja de la Abogacía del Estado en la acusación del 'procés', que ha apostado por un delito de sedición en vez de rebelión, es una decisión meramente "cosmética" del Gobierno de Pedro Sánchez que no tiene consecuencias jurídicas reales en la causa, ya que el Tribunal Supremo no necesita a la Abogacía del Estado para condenar a los procesados por penas inferiores a las reclamadas por el ministerio público. 

Esta es la principal conclusión de las fuentes consultadas por Vozpópuli, recabadas en el Tribunal Supremo, en la Fiscalía y entre los abogados de los procesados, quienes sostienen que la importante reducción en la pena reclamada por los servicios jurídicos del Estado no les "sirve para nada", al mismo tiempo que no tiene consecuencias jurídicas ya que la Fiscalía mantiene las penas máximas.

Las diferencias entre el ministerio público y la Abogacía del Estado, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, son ostensibles. La primera reclama para Oriol Junqueras, el 'número dos' del Govern de Carles Puigdemont, hasta 25 años de cárcel, mientras que los servicios jurídicos del Estado piden que se le juzgue por sedición y malversación, que implica una pena de 12 años.

Sin limitación

La decisión de la Abogacía del Estado, que en agosto había manifestado su intención de acusar a los secesionistas de haber cometido un delito de rebelión, tampoco limita de ninguna forma al resto de acusaciones: ni a la Fiscalía, tal y como se ha comprobado este viernes, ni al partido político Vox, que este lunes solicitará para los secesionistas penas de larga duración.

'Vozpópuli' ha preguntado a fuentes de la Fiscalía sobre las consecuencias en el cambio de criterio de la Abogacía. Y las mencionadas fuentes atribuyen el viraje a una interpretación meramente jurídica y no política, ya que la violencia en el 'procés' es discutida en ciertos ámbitos judiciales.

Y las citadas fuentes destacan que la decisión de la Abogacía del Estado no es concluyente, habida cuenta de que en cualquier momento la Fiscalía podría optar por abandonar la rebelión y atribuir a los procesados la sedición.

En el mismo sentido, otras fuentes del Tribunal Supremo consultadas por este diario hacen hincapié en el hecho de que se esté anticipando un debate jurídico sobre la rebelión o la sedición, que en realidad no se podrá dar hasta que no se celebre el juicio.

Calificaciones provisionales

Al igual que el ministerio público, en el Alto Tribunal destacan que todos los escritos conocidos hasta el momento son calificaciones provisionales, por lo que las acusaciones, entre ellas la Abogacía del Estado, podrán cambiar en cualquier momento sus conclusiones.

En el Supremo también rechazan que en algunos ámbitos se trate de vender como un favor hacia los secesionistas que la Abogacía del Estado pida 12 años de cárcel para Junqueras, una condena que desde un punto de vista objetivo es muy elevada, por lo que califican estas interpretaciones como "disparatadas".

No obstante, la diferencia entre la Abogacía del Estado y la Fiscalía podría dar munición a los independentistas, que ante una eventual condena de los cabecillas del 'procés' podrían alegar ante la justicia europea esta disparidad para reclamar una condena para España.

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