Política

La Junta Electoral protagoniza el debate entre medios y partidos por una ley desfasada

Las Juntas Provinciales han seguido el ejemplo que el órgano superior dio con Vox y han apartado a varias formaciones de los debates televisados; ahora, los partidos afectados presentan recursos ante el reparto "perjudicial" y "discriminatorio"

  • La Ley Electoral vigente fue aprobada en 1985.

Primero fue el recurso de Vox de cara a las elecciones generales. Luego llegaron los de Más Madrid, Ciudadanos y UPyD frente a los comicios municipales y autonómicos del 26-M. La Junta Electoral Central ha recibido en las últimas semanas un aluvión de recursos sobre la participación de los partidos en los medios de comunicación. La situación pone de relieve las críticas de las formaciones a la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) y sus "vacíos" e "injusticias" 24 años después de su aprobación.

El 11 de abril, el órgano superior de la Administración Electoral en España apartó al partido de Santiago Abascal del debate previo al 28-A organizado por Televisión Española. Para ello se basó en la instrucción 1/2015, que hace referencia a la ley electoral y la consideración como grupo político significativo en los planes de cobertura informativa de los medios públicos. El resto de Juntas han seguido el ejemplo y otros candidatos han sido excluidos de las televisiones regionales.

Le ha pasado a la alcaldable al Ayuntamiento de Madrid Manuela Carmena; a los aspirantes de UPyD para formar parte del Consistorio, Mariu Galan, y de la Asamblea madrileña, Rubén Couso; y le ha sucedido también a la candidata de Ciudadanos de las autonómicas canarias, Vidina Espino. Son los casos más recientes y en todos ellos las formaciones han presentado recursos. 

"Perjudicial" y "discriminatorio"

Desde el partido naranja han alegado que la decisión es "perjudicial" y que supone una "vulneración" a la propia ley electoral y su artículo 66 sobre la "garantía de pluralismo político y social". En el recurso presentado, recogido por Vozpópuli, la formación liderada por Albert Rivera recuerda que obtuvo representantes en las dos últimas elecciones generales al Congreso de los Diputados en Canarias: en 2016 con el 12,03% de los votos y el pasado abril con 14,66%.

En UPyD, por su parte, han tachado de "discriminatorio" la distribución de la cobertura informativa en los medios públicos madrileños. "El reparto lo hace Telemadrid, interpretando el sentido de la Junta Electoral Central; es un criterio muy restrictivo", ha dicho a Vozpópuli el responsable de campaña del partido, Fernando Cortés, tras subrayar que hace cinco años la formación consiguió más de un millón de votos en las elecciones europeas y que actualmente cuenta con representantes en municipios de Madrid.

El debate 2.0

El "veto" a Más Madrid ha puesto sobre la mesa un escenario evidente en pleno 2019: Internet. Después de que de la Junta Electoral Provincial confirmara que la juez no podrá participar en los debates de la radio ni de la televisión pública autonómica, la número tres del partido, Rita Maestre, ha dejado caer que "dos de los candidatos más conocidos de esta campaña" -Carmena se lanza junto a Íñigo Errejón- tienen que tener "espacio en la campaña y en los debates" y ha puesto como ejemplo un encuentro entre los alcaldables organizado por La Ser y El País, debate que se transmitió vía streaming.

Según la decisión de la Junta, la cobertura informativa que recibirá Más Madrid será equivalente a la de un partido de nueva creación. Los vocales han considerado que Carmena no es la heredera de Ahora Madrid, partido con el que actualmente gobierna en el Palacio de Cibeles, por lo que su espacio en los medios públicos es limitado.

Manuela Carmena

Sobre los medios privados, la ley electoral solo contempla que se deben "respetar los principios de pluralismo e igualdad" así como los de "proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales". La palabra Internet solo se menciona en un artículo; el 24, sobre la difusión a través de la Oficina del Censo Electoral de los datos respectivos a las secciones, mesas y locales electorales. 

En relación al fenómeno de las redes sociales solo se establece, en el artículo 58 bis apartado tres, que el envío de propaganda electoral por "medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes" no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial. 

Carteles en los balcones

Precisamente Errejón ha tirado de estas plataformas de mensajería para hacerse con un espacio de difusión ante el 26-M. "La Junta Electoral no me deja pero tenemos la fuerza de la gente", ha publicado el candidato en su cuenta de Twitter. Tras la decisión del órgano regional, Más Madrid ha iniciado una campaña para que los madrileños cedan sus balcones para poner carteles con Carmena y el exlíder de Podemos.

UPyD también se ha quedado sin espacios. Esta misma semana, la formación ha presentado un recurso contra el dictamen de la Junta Electoral de Zona de Madrid por no haberles adjudicado ningún local ni espacio público de los más de 300 ofertados en los municipios de Madrid y Getafe

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