España

El Supremo anula la exclusión de los toros del bono cultural joven 2022

El Tribunal Supremo avala el acceso a espectáculos taurinos a través del bono cultural joven de 2022, ya que el Gobierno no aportó una justificación válida para excluirlo

El Tribunal Supremo avala el acceso a espectáculos taurinos a través del bono cultural joven de 2022, ya que el Gobierno no aportó una justificación válida para excluirlo. El bono permite a los jóvenes que cumplieron 18 años en 2022 gastar hasta los 400 euros de los que se dota el bono en un catálogo diverso de espectáculos y ofertas culturales.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso de la Fundación Toro de Lidia contra el real decreto por el que se establece la regulación del bono cultural y anula la expresión "y taurinos" del artículo 8.2. que fija las actividades excluidas.

Los toros aún no son parte del bono

Según fuentes jurídicas consultadas por EFE, la decisión no significa que los toros se vayan a incluir en el bono cultural, ya que el Ejecutivo aún puede buscar aún una justificación sólida a dicha exclusión.

La sala explica que no hay razones que justifiquen apartar los toros del abono. "No nos parecen válidas al efecto las que ofrece su preámbulo ya que únicamente dice que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos y que cada Administración tiene capacidad para decidir libremente los sectores o actividades de interés o utilidad pública que fomenta y de qué modo lo hace", explican.

Para el Supremo, esas explicaciones genéricas, sin embargo, son "insuficientes" cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de actuar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la Tauromaquia.

La Abogacía del Estado defendió que la Administración General del Estado sí cumple con su obligación de promover la Tauromaquia, tal como lo prueban las iniciativas como el Premio Nacional de Tauromaquia anual de 30.000 euros, la subvención de 35.000 euros a la Fundación recurrente o el proyecto Culturas del Toro.

Los argumentos de Abogacía del Estado "son puntuales"

La Sala, sin embargo, no ve en estos argumentos ayuda alguna para "subsanar la carencia de justificación de la exclusión por la sencilla razón de que son puntuales". En cambio, subraya que "la consistente en el bono cultural joven tiene una proyección de carácter general y, además, puede considerarse cualificada en tanto se dirige a una nueva generación, o sea, mira al futuro representado por los jóvenes -según el Consejo de Estado, casi 500.000- perspectiva que es fundamental cuando de la conservación y promoción del patrimonio cultural se trata".

"No hay, pues, entre las actuaciones reseñadas y el bono cultural joven, que comporta 210 millones de euros, la proporción necesaria para concluir que se dispensa a la Tauromaquia un tratamiento equilibrado con la significación que tiene reconocida por el legislador", añade el Supremo.

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