Son claves para el curso de las investigaciones. Su testimonio puede ser determinante a la hora de dictar sentencia. Y, a prioiri, el Estado oculta su identidad y les defiende frente a posibles represalias de las organizaciones criminales contra las que testifican. Sin embargo, la figura del testigo protegido ha mostrado notables carencias y fallos clamorosos que han puesto en riesgo la vida de algunos de quienes se lo han jugado todo para poder encarcelar a criminales.
Compaginar el derecho de defensa con la protección de la identidad de los testigos no es tarea fácil para los jueces, que son quienes al final tienen en su manos decidir si conceden o no el estatus de protegidos a aquellos que se deciden a colaborar con la Justicia a pesar del riesgo que puede suponer para su vida, sus bienes o para su entorno familiar.
"Hacen falta más medios y actualizar una legislación manifiestamente obsoleta", explica el portavoz de la asociación Jueces para la Democracia, Ignacio González Vega. "La experiencia hasta ahora se ha visto que no ha sido eficaz esa normativa, como demuestra el caso Cursach (...) donde los testigos fueron identificados por los investigados", añade.
Su desarrollo reglamentario nunca llegó. Y la falta de regulación da un margen demasiado amplio a los jueces. Rosa Freire, magistrada y miembro del comité nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), alerta sobre el desfase que acusa el contenido de una norma redactada hace 25 años y que apenas cuenta con cuatro artículos que jamás fueron desarrollados reglamentariamente. "El mundo digital en el que vivimos ahora no es el del año 1994, que es de cuando es la ley. Con lo cual, ahí se ha quedado un poco corta", señala.
"Lo que se debería hacer es dar más seguridad a todos los que trabajamos y tenemos que evaluar situaciones de riesgo para testigos como la Policía, los jueces y los fiscales. Necesitamos certezas y seguridad jurídica porque con esa regulación tan escasa es posible que en la tensión con el derecho de defensa, no hay criterios claros para proteger a un testigo en un momento dado y se puedan revelar sus datos", añade. La normativa obliga a facilitar los datos en la fase de enjuiciamiento si lo pide la defensa del acusado.
Muchas veces se usa un biombo para que no se crucen las visiones del acusado con el testigo, pero luego están compartiendo la sala de vistas. Otros testigos protegidos que denuncian mafias de narcotrático o de trata de personas, hace falta que se
¿La gente puede tener miedo? "Pues efectivamente, pero son casos muy puntuales", añade González Vega. Pero es necesario que para que se pueda impartir justicia, el testigo declare con libertad y sin presiones.
Existe consenso respecto a que la legislación está obsoleta y se queda muy corta para la pluralidad de casos que se presentan.
Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid. Sección 17ª Penal