Atresmedia ha anunciado este lunes la interposición de un recurso ante el Tribunal Supremo (TS) contra el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que impidió celebrar el debate a cinco entre los candidatos del PP, PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos y Vox, en Antena 3 y laSexta el pasado 23 de abril, en el marco de la campaña electoral de las elecciones generales del pasado 28 de abril.
Según ha explicado la compañía, defenderá "ante las instancias que sean necesarias" que el debate electoral entre los cabezas de lista de los citados partidos era el "de mayor interés general, el que prestaba un mejor servicio a la ciudadanía, así como el más plural y representativo de la realidad política" de España.
De este modo, Atresmedia interpondrá ante el Tribunal Supremo una demanda contencioso-administrativa contra el acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 16 de abril que impidió la celebración del debate de Atresmedia al declararlo contrario al principio de proporcionalidad del artículo 66.2 de la LOREG. El acuerdo fue consecuencia de las reclamaciones presentadas por Coalición Canaria, JUNTS y EAJ-PNV.
Ataque a la libertad de expresión
"Atresmedia, en su compromiso de garantizar la libertad de información sobre la que se construye la opinión pública, pilar de la propia legitimidad democrática, persigue una aplicación de la normativa electoral que le permita establecer las condiciones necesarias para que los representantes del espectro político y social que conforma la sociedad civil de un país participen efectivamente en el debate público y expongan sus ideas, garantizando así la celebración de un encuentro abierto y realmente representativo", ha señalado.
Respecto al recurso contencioso-administrativo, la compañía ha aclarado que defiende que "los derechos de expresión y de información, garantía de una opinión pública libre y plural, han quedado conculcados con la interpretación restrictiva que la JEC hace del principio de proporcionalidad".
En este sentido, Atresmedia ha apuntado que el acuerdo que se impugna "se fundamenta en la Instrucción 4/2011 que dictó la JEC aplicando, de manera contraria a la Constitución, el principio de proporcionalidad a respetar por las emisoras de titularidad privada en los debates electorales previsto en el artículo 66.2 LOREG".
"Dicha Instrucción, y consecuentemente el acuerdo impugnado que la aplica, desnaturaliza los derechos de expresión y de información, vulnerando el artículo 20 de la Constitución que los consagra y el artículo 10.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohíbe este tipo de injerencias en el ejercicio de la libertad de expresión, concretamente, en debates de cuestiones de interés público", ha subrayado.
Por último, ha destallado que el recurso será presentado ante el Tribunal Supremo por el bufete Salama García Blanco, especializado en Derecho Constitucional y en la defensa de los Derechos Humanos, integrado por Abogados del Estado excedentes con experiencia profesional en actuaciones ante el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo y los diversos Comités de Naciones Unidas.