Los sorteos de la mesa electoral ya han sido realizado. Los Ayuntamiento eran los encargados de hacerlos para determinar quiénes iban a ser los miembros de la mesa en las elecciones generales 2023. Una vez se han realizado todos ellos, el siguiente paso era remitir la notificación en un plazo de hasta tres días. El lunes 3 de julio era el última día para recibir la notificación en mano, salvo que se haya producido algún tipo de retraso en algún municipio.
Con todos estos plazos hechos, las personas que hayan sido seleccionadas por el sorteo tienen un plazo de hasta siete días para presentar todas las alegaciones en el caso de que no puedan acudir a hacer sus funciones en la mesa electoral. En total unas 181.000 personas están citadas a la mesa electoral. A este número hay que sumarle los más de 360.000 suplentes. Todos deben acudir al colegio electoral una hora antes del inicio de la jornada, es decir, a las 8 de la mañana.
Notificación de la mesa electoral
¿Cómo sé si soy miembro de la mesa electoral? Es una de las dudas que se generan entorno a este día. Todas las personas que han sido elegidas como miembro deben saber que reciben una notificación en su domicilio. La carta llega mediante un cartero o es entregada por un agente de la Policía.
En el caso del ciudadano no se encuentre en su hogar en ese momento, recibirá un aviso para acudir a la Oficina de Correos a recoger la citación por carta certificada.
Consulta si eres miembro de la mesa electoral
La mayoría de los municipios comunican la designación de los miembros de la mesa electoral a través de correo certificado, pero otros Ayuntamientos publican la lista en sus páginas web. Incluso tienen buscadores para saber los resultados del sorteo utilizando el DNI. En esta lista puede ver los elegidos de las mesas de las capitales de provincia y algunas localidades:
- Madrid: Se notifica por carta desde el 24 de junio
- Alfaro (La Rioja)
- Valencia: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Ávila
- Barcelona: se notifica por carta desde el 26 de junio
- Córdoba
- Sevilla: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Arroyo de la Encomienda (Valladolid)
- Málaga: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Logroño
- Zaragoza: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Pamplona
- Murcia: se notificará a partir del 29 de junio
- Rubí (Barcelona)
- Las Palmas de Gran Canaria: se notifica por carta desde el 23 de junio
- San Sebastián
- Palma de Mallorca: se notificará a partir del 29 de junio
- Segovia
- Bilbao: se notifica por carta desde el 25 de junio
- Terrasa (Barcelona)
- Alicante: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Córdoba
- Utrera (Sevilla)
- Irún (Guipuzcoa)
- Valladolid
- Nájera (La Rioja)
- Vitoria: se notifica por carta desde el 25 de junio
- Granada: se notifica por carta desde el 24 de junio
- A Coruña: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Santa Cruz de Tenerife: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Oviedo: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Almería: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Burgos: se notifica por carta desde el 25 de junio
- Albacete: se notifica por carta desde el 23 de junio
- Badajoz: se notifica por carta desde el 23 de junio
- Castellón: se notifica por carta desde el 23 de junio
- Salamanca: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Lleida: se notificará a partir del 29 de junio
- León: se notifica por carta desde el 26 de junio
- Huelva: se notificará a partir del del 29 de junio
- Tarragona: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Cádiz: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Jaén: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Zamora: se notifica por carta desde el 23 de junio
- Ciudad Real: se notifica por carta desde el 26 de junio
- Lugo: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Cáceres: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Guadalajara: se notifica por carta desde el el 23 de junio
- Toledo: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Pontevedra: se notifica por carta desde el 28 de junio
- Palencia: se notifica por carta desde el 26 de junio
- Ceuta: se notifica por carta desde el 24 de junio
- Melilla: se notificará a partir del 29 de junio
- Soria: se notifica por carta desde el 23 de junio
- Huesca: se notifica por carta desde el 27 de junio
- Teruel: se notifica por carta desde el 27 de junio
Las excusas legales para librarse de una mesa electoral en las elecciones generales
Existen varios motivos recogidos que se consideran legales y con los cuáles una persona se puede librar de la mesa electoral siempre y cuando esté todo bien justificado. Estos son algunos de ellos:
- Estar hospitalizado
- Haber estado ya en la mesa electoral en las elecciones anteriores. Las personas que han estado en hasta tres ocasiones en los últimos diez años están excluidas del sorteo que se realiza
- Tener una enfermedad o lesión
- Tener una discapacidad o justificar que tiene una baja
- Una mujer embarazada de riesgo o de más de 6 meses
- Madres que se encuentre en el periodo de lactancia
- Padres que se encuentren de baja maternal y paternal
- Mayores de 70 años
- Personas que no saben leer ni escribir
- Ser cuidador de menores o discapacitados
- Tener un evento familiar importante como, por ejemplo, una boda
- Madres y padres de menores de 14 años
- Profesionales que tienen que trabajar ese día (sanitarios, bomberos, periodistas...)
Qué pasa si tengo un viaje contratado y me toca estar en mesa en las elecciones generales de España
En el caso de que las elecciones generales coincidan con un viaje vacacional se puede argumentar a la Junta Electoral de zona. Eso sí, se tienen que cumplir una serie de requisitos:
- El viaje tiene que haber sido contratado antes del 30 de mayo (fecha en la que se convocaron las elecciones)
- La cancelación del viaje supone un perjuicio económico para la persona
Los que quieran acreditar ese viaje deben saber que tendrán que acreditar con documentos ese desplazamiento. Todos los ciudadanos que son seleccionados como presidentes o vocales de la mesa electoral tienen que saber que son cargo obligatorios, por lo que tienen que acudir sí o sí a la cita. Esto lo recoge la Ley Electoral. En el caso de que una persona decida no acudir a este llamamiento, debe saber que se puede enfrentar a un delito por abandono o incumplimiento en las mesas electoral. Supone una pena de prisión para el ciudadanos de tres meses a un año o una multa de seis a 24 meses.