El Tribunal Constitucional examinará el próximo 6 de mayo en un pleno no presencial el recurso de Vox contra el decreto que permite al vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, formar parte de la comisión del CNI, así como contra la decisión de la Mesa de suspender la actividad del Congreso por la Covid-19.
Lo hará tras la decisión del presidente del tribunal de garantías, Juan José González Rivas, de convocar el primer Pleno no presencial de su historia mediante procedimiento sustancialmente escrito, no por videoconferencia, que también se hace en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en el Tribunal de Justicia de la UE.
Fuentes del tribunal han explicado a Efe que los magistrados se comunicarán vía teléfono y correo electrónico, ya que se trata de un pleno que analizará cuestiones de forma, es decir admisiones a trámite, y no de fondo, en cuyo caso no se podría celebrar de esta manera.
Acceso de Iglesias al CNI
En el orden del día, figura el recurso de Vox en contra del "truco" utilizado, a su juicio, por el Gobierno para "blindar" a Iglesias, en la comisión del Ejecutivo que controla el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Se trata de la disposición que figura en el decreto del estado de alarma en la que se incluye a Iglesias en la comisión que evalúa los servicios de inteligencia, en cuyas reuniones participa desde febrero.
También verá el recurso que su grupo parlamentario presentó contra la decisión de la Mesa del Congreso de 19 de marzo de suspender la actividad de la Cámara Baja.
Recursos de amparo
Con toda probabilidad, se admitirán a trámite los recursos de amparo de los condenados por el procés Jordi Turull, Jordi Sánchez, Josep Rull, Carles Mundo, Jordi Cuixart, Dolors Bassa, Carmen Forcadell y Joaquín Forn contra la sentencia del Tribunal Supremo.
Además, se suspenderá el decreto de simplificación burocrática de la Junta de Andalucía, que el Gobierno central recurrió en una decisión criticada por el presidente andaluz, Juanma Moreno.
También se verán dos cuestiones de inconstitucionalidad de la Sala de lo Civil del TSJ del País Vasco contra varios apartados de la ley autonómica de Relaciones Familiares; y de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo contra el art. 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).