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Voto en blanco, voto nulo o abstención... ¿A quién favorece o perjudica?

El próximo domingo 28 de abril, millones de ciudadanos españoles acudirán a las urnas para participar en las elecciones generales que darán paso a la XIII Legislatura. Según datos del último barómetro del CIS publicado a

  • Urna electoral

El próximo domingo 28 de abril, millones de ciudadanos españoles acudirán a las urnas para participar en las elecciones generales que darán paso a la XIII Legislatura. Según datos del último barómetro del CIS publicado a principios de abril, todavía hay un 40% de indecisos, cifra que la encuesta de La Sexta de este lunes, sitúa a la mitad. 

Así las cosas, los partidos tienen por delante una semana -dos debates incluidos- en la que tratarán de arañar los últimos votos que se tornarán decisivos. 

Volviendo a la decisión de los ciudadanos, es habitual que los tipos de votos sea de una de las cuestiones que en periodo electoral más preguntas suscitan, sobre todo para aquellos indecisos que no comulgan con los ideales de ninguno de los partidos que se presentan, pero que no quieren quedarse sin acudir a las urnas.

Voto nulo

Se considera voto nulo aquella papeleta que no haya sido cumplimentada como estipula la Ley. Esto es, que si dentro del sobre hay un objeto, no valdría. Del mismo modo que si se incluyen dos papeletas de distintas candidaturas tampoco. Si es de la misma sí que se sumaría al recuento. 

Además, si no se ha marcado debidamente o hay alguna frase o dibujo, también sería voto nulo. 

¿A quién favorece o perjudica el voto nulo? Realmente, a nadie. Se considera como no emitido y no cuenta para realizar el reparto de escaños. En las elecciones generales de 2016, se contabilizaron un total de 225.888 nulos, cifra que en porcentaje supone 0,93%.

Voto en blanco

El voto en blanco sí que es el genera más dudas, ya que si se tiene en cuenta para la suma de escaños. Este se produce cuando dentro del sobre no hay ninguna papeleta. 

¿A quién beneficia el voto en blanco? En este caso, es cuando entra en juego la Ley d'Hont, el cálculo utilizado en el sistema electoral español. En cada circunscripción, se excluye primero a las candidaturas que no hayan obtenido el 3% de los votos validos. Por tanto, si se incluyen los votos en blanco, una candidatura necesita más votos para lograr un escaño. 

Por poner un ejemplo: pongamos que una circunscripción ha registrado 1.000 votos a candidaturas, 200 en blanco y 50 nulos. Si se tiene en cuenta solo los votos a candidaturas, necesitaría 30 votos -el 3%- para sumar un escaño, mientras que al incluir los votos en blanco requeriría 36 (el 3% de 1.200). 

Teniendo en cuenta estos cálculos, los mayores damnificados por los votos en blanco, serían los partidos más pequeños. 

Abstención

La abstención es simplemente no ir a votar ni, lógicamente, introducir ningún voto. Al no haber voto, éste no se suma y no afecta a los resultados.

Sobre el significado de la abstención, en este caso es mucho más difuso, pues no se sabe por qué la persona no ha ido: si es por indiferencia, descontento con el sistema electoral, enfermedad, etcétera.

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