El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que las hipotecas en IRPH pueden llegar a ser abusivas, pero tendrán que ser los juzgados españoles los que decidan sobre ello. De esta forma, las entidades españolas se libran así de un nuevo macropleito en los juzgados que podría mermar aún más su reputación.
En concreto, la Justicia Europea ha dictaminado que "os tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamo hipotecario que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros".
Qué es el IRPH
Este índice es como el Euríbor y se aprobó por orden ministerial en mayo de 1994 con el fin de crear una referencia hipotecaria estable ante el vaivén. El IRPH se calcula en base a una media de los préstamos a tres años concedidos por todas las entidades de crédito (bancos y cajas) y tiene el aval del Banco de España.
El 'boom' de hipotecas firmadas referenciadas a este índice se produjo entre 2005 y 2009, coincidiendo con la burbuja inmobiliaria y en un contexto en el que el Euríbor no paraba de subir.
Los bancos comenzaron a comercializar hipotecas en IRPH porque era menos volátil, pero con la crisis financiera el Euríbor se desplomó, llegando a situarse en un -0,40%, lo que provocó una gran diferencia entre lo que pagaban los clientes referenciados a este índice y los que firmaron IRPH.
Las asociaciones de usuarios financieros como Asufin consideran que las entidades no fueron totalmente transparentes a la hora de vender este producto, como pasó con las cláusulas suelo y con las hipotecas multidivisa.