Economía

Asesores fiscales piden que las empresas se deduzcan los gastos derivados de la covid-19

Creen que los gastos e inversiones que han hecho las empresas y autónomos para poder adaptar su negocio a las medidas de seguridad necesarias por la covid-19 y al teletrabajo deben poder deducirse en el Impuesto de Sociedades

  • Asesores fiscales piden que las empresas se deduzcan los gastos derivados de la covid-19

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) pide al Gobierno que apruebe una deducción en el Impuesto de Sociedades para todos aquellos empresarios o autónomos que han tenido que invertir para adaptar su negocio a las medidas de seguridad.

"Como la crisis del covid-19 ha obligado a las empresas a introducir apresuradamente el teletrabajo, esto ha originado unas notables inversiones y gastos en equipos y para facilitar el acceso a Internet de los empleados. Asimismo, en la vuelta al trabajo, está siendo necesario realizar inversiones y gastos para que los empleados puedan observar las medidas necesarias de distanciamiento y seguridad", ha explicado este jueves esta organización, adscrita al Consejo General de Economistas.

Para facilitar la adaptación a esta nueva situación, REAF propone "establecer una deducción sobre dichos gastos e inversiones", que en muchas ocasiones han sido impuesto por parte de las distintas administraciones.

Han pedido también una deducción en Sociedades por creación de empleo con el objetivo de fomentar la contratación en los próximos meses. "Estimular la creación de empleo de manera directa con una deducción en cuota proporcional al incremento de plantilla -un importe multiplicado por cada trabajador/año con contrato indefinido- que se produzca en ejercicios iniciados en 2021".

Deducciones en el IRPF

Los expertos en fiscalidad han pedido también nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Piden, por ejemplo, que no tributen las subvenciones que hayan podido recibir las personas que han pasado a ser vulnerables por la covid-19.

"Para que dichas ayudas, satisfechas por cualquier Administración, queden íntegramente para el contribuyente, y para que la percepción de las mismas no suponga que venga obligado a declarar por el IPRF, sería necesario que se declaren exentas", afirman.

Sería el caso, por ejemplo, de las subvenciones de los gastos e intereses de los préstamos avalados por el ICO para ayudar al pago de los arrendamientos de vivienda habitual.

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