La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) destaca entre los procedimientos sancionadores que más se abren en España los provocados por los abusos de "contratación del suministro eléctrico y el suministro de gas sin consentimiento del interesado", así como "altas en servicios telefónicos sin consentimiento o "facturación sin contratación o con contratos falsos", entre otros.
Tradicionalmente, estos abusos se daban principalmente en el competitivo sector de la telefonía fija, móvil e internet, donde la voracidad de los comerciales, a veces, no tenía límites, ya fuera en visita presencial o por vía telefónica.
Había vendedores de servicios que, con tal de captar clientes y llevarse la comisión, muchas veces en connivencia con la teleco para la que de trabajaban de forma externa, falsificaban firmas, se las inventaban o asignaban servicios y titularidades de facturas a clientes que no habían firmado papel alguno (menos aún por la vía de la firma electrónica) y no habían dado un mínimo "sí" por teléfono a la contratación de algún servicio.
La voracidad de los comerciales de telecos, eléctricas y gasistas por captar nuevos clientes les lleva, a veces, a incurrir en estos abusos que suelen ser multados con sanciones de 50.000 euros
Pero estas prácticas abusivas se han extendido en los últimos dos años a dos sectores en los que la competencia aún es mínima, pero los comerciales ya empiezan a darse codazos para captar clientes. Se trata de los servicios de gas y electricidad.
Rubén Sanchez, portavoz de la combativa Facua Consumidores en Acción, en su reciente libro Defiéndete de #101fraudes constata esto, que "las peores modas siempre vuelven: las falsificaciones de contratos comenzaron a principios de la década pasada en telefonía; hoy, en luz y gas".
Sánchez arranca el capítulo "El fraude que firmamos con la mano de otro" con el ejemplo sufrido por Antonio de la Torre. "En enero de 2012, el periodista y actor, ganador del Goya por AzulOscuroCasiNegro, recibió en su casa la visita de un comercial de Galp Energía, que le ofreció abandonar a su compañía de gas y electricidad para irse con ellos y beneficiarse de tarifas más bajas. Pero como es un tío fiel y además no se fía de desconocidos, rechazó la tentadora oferta. Poco después, recibió una factura de Galp: le habían secuestrado la luz, el gas y, ya de paso, le dieron de alta en un servicio de mantenimiento y reparaciones.
Galp, para defenderse de la reclamación de De la Torre, "aportó una copia de un contrato con una firma que no era la de Antonio"
El problema (para la compañía) es que Antonio es socio de Facua. En la reclamación que presentamos en su nombre se argumentaba que no había solicitado los servicios de la compañía y, ni mucho menos, firmado ningún documento. La empresa, que le siguió pasando recibos, aportó en su respuesta una copia de un contrato con una firma que no era la de Antonio. Como el comercial no pudo acceder a sus datos bancarios, indicó que realizaría el pago por ventanilla. Y la compañía dio el contrato por bueno pese a que, en todos los lugares donde supuestamente aparecía la firma del cliente, los garabatos estaban acompañados de las iniciales P.O. (que significan firmado por orden). Galp acabó anulando todos los recibos y Antonio llevó a la compañía a los tribunales".
El caso del actor que encarna en la película Primos al divertido borrachín que llama 'sardinuca' al colega Julián es sólo el botón de muestra de una práctica cada vez más extendida y por la que la AEPD ha puesto multitud de multas durante todo 2013 y lo que llevamos de este año (ver multas impuestas en 2014).
Compañías como Movistar, Vodafone, Orange, Galp Energía, Gas Natural Fenosa, Madrileña Suministros de Gas y Endesa, entre otras, ha sido penalizadas con importantes multas (la mayoría de estas sanciones son de una cuantía estándar de 50.000 euros) por asignar servicios a clientes sin su firma ni su consentimiento.
En el sector energético, Galp Energía se lleva la palma, con 24 sanciones en 2013 por un monto conjunto de 1,08 millones de euros por diferentes abusos contra la Ley de Protección de Datos, entre ellos el de emitir facturas a clientes que no tenían relación contractual alguna con la empresa.
El libro de Sánchez destaca "otro caso parecido [al de De la Torre] es el de Carlos, que en septiembre de 2012 recibió una factura de Movistar correspondiente a un número de móvil desconocido para él. Tras comunicárselo a la compañía y pedirle que anulara el cargo y la línea, le llegó un segundo recibo, éste de 589,74 euros, como penalización por haber incumplido un contrato que nunca firmó aparejado a un iPhone que jamás le entregaron. Como se negó a pagar, la compañía decidió no incluirlo en un registro de morosos, sino en dos: Asnef y Badexcug".
"Pero lo mejor llegó cuando Carlos reclamó a Movistar, a través de Facua, que le demostrase la existencia del documento donde daba de alta la línea y le hacía entrega del móvil. “Adjuntamos contrato para su comprobación”, contestó el director de Servicios Comerciales de Movistar, no se sabe si en pleno uso de sus facultades psíquicas. Lo que adjuntaba era, efectivamente, un contrato, pero en blanco. En él no aparecían ni los datos personales del usuario ni el número de teléfono dado de alta. Eso sí, incluía una firma que ni siquiera está manuscrita, sino manipulada digitalmente e insertada en cuatro apartados del documento. Facua puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Sevilla, que interpuso una denuncia ante el Juzgado Decano “por considerar que los hechos constituyen un delito de falsedad en documento mercantil”, recoge el libro.
La Agencia Española de Protección de Datos impone casi a diario sanciones por este tipo de abusos
Según denuncia el portavoz de Facua, "en los últimos tiempos ha vuelto con fuerza la moda de los contratos que, de repente, aparecen a nuestro nombre pero están firmados con la mano de otro. A los ya tradicionales fraudes en las altas de nuevas líneas de telecomunicaciones o en los cambios de compañía (al inicio de la liberalización del sector se produjeron de forma masiva) se están sumando estas prácticas en la electricidad y en el gas. Mientras aumentan de forma alarmante, las autoridades parece que no acaban de enterarse. El cambio de compañía no solicitado por el usuario es una práctica que en el mundo anglosajón se conoce como slamming".
El responsable de esta organización de consumidores andaluza marca los derechos del cliente y las pautas a seguir en este tipo de abusos: "No debemos olvidar que este tipo de altas fraudulentas no son sólo denunciables ante las autoridades de consumo y protección de datos para que multen a sus responsables, sino que pueden resultar delictivas. Por ello, más allá de valorar si interponemos una demanda para reclamar una indemnización en el caso de que nos incluyan en un registro de morosos, es conveniente que pongamos la suplantación de identidad y, en su caso, la manipulación de nuestra firma, en conocimiento de la fiscalía o el juzgado; de hecho, este delito también implica un daño moral por el que se puede exigir una compensación económica".