Economía

El cambio radical que llega a los patinetes eléctricos en España: el Gobierno exigirá tener seguro y matrícula

La aprobación de un proyecto de ley relativo al seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor implica ahora la obligatoriedad para los patinetes eléctricos, pero no para las bicicletas

La nueva reglamentación obligará a los patinetes a disponer de un seguro para poder circular.

Con más de cinco millones de patinetes eléctricos en circulación en España, su rápida expansión ha generado numerosos conflictos surgidos por la interacción con el resto de usuarios de la vía pública, que ya forzó a principios de año a la DGT a adaptar la normativa a los nuevos tiempos, con cambios que llegaron el pasado 22 de enero, momento en el que no se pueden ya comercializar patinetes eléctricos que no cumplan los estándares de calidad y seguridad fijados por la Resolución de 12 de enero de 2022 de la Dirección General de Tráfico, en la que se aprobó el manual de características específicas para los vehículos de movilidad personal.

Ahora, ha sido el Consejo de Ministros quien ha aprobado un proyecto de ley que afecta a estos patinetes eléctricos, un proyecto de ley que también contempla mejoras en las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico y obliga a contar con un seguro de responsabilidad civil a los vehículos agrícolas e industriales, así como a los de movilidad personal, como son los patinetes eléctricos, aunque sigue sin ser obligatorio para las bicicletas eléctricas, de momento exentas al no ser consideradas vehículos a motor, aunque circulan por miles en carreteras secundarias y a velocidades muy superiores a la de los propios patinetes.

El texto transpone una directiva europea y modifica la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, según ha explicado el Ministerio de Economía. Una vez aprobado por el Consejo de Ministros, el proyecto de ley se remitirá al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

La norma mejora la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes causados por vehículos a motor al establecer una definición "más clara y amplia" de los vehículos que deben disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil; mejora el sistema de valoración de las indemnizaciones por daños personales; da mayor seguridad a las víctimas de accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras y mejora el control que hacen las autoridades de la existencia de seguro.

Seguro de responsabilidad civil

La transposición de la directiva amplía la definición de vehículos a motor, lo que conlleva la extensión del seguro obligatorio a vehículos agrícolas o industriales, que hasta ahora estaban exentos, y da seis meses a los propietarios de estos vehículos, desde la publicación de la ley, para contratar un seguro.

Además, en el anteproyecto se introduce el concepto de vehículo personal ligero, que son los vehículos a motor que pueden alcanzar una velocidad entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kilos o una velocidad entre 6 y 14 km/h si pesan más.

Estos vehículos, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil, con el argumento de que hay que compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos.

Con el fin de establecer las características y alcance de esta modificación, la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración dispondrá de seis meses desde la publicación de la Ley para emitir una propuesta de desarrollo reglamentario del seguro obligatorio para estos vehículos personales ligeros, periodo en el que no podrán ser multados por carecer del seguro.

Asimismo, el Gobierno deberá poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026, un registro que permitirá identificar a los patinetes con una matrícula, o similar, sobre la que irá asociado el nuevo seguro.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.