La paciencia tiene un límite y la de los tres jueces de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional está a punto de alcanzarlo. Así se desprende del auto que este tribunal, encabezado por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, ha redactado para dar su visto bueno a un permiso penitenciario a Rafael Caride Simón, preso de ETA condenado a 790 años de cárcel por el atentado de Hipercor. En el escrito, Marlaska y sus dos compañeros, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez Valcárcel, no sólo rechazan el recurso que había presentado la Fiscalía para impedir la salida de prisón del etarra arrepentido, sino que vapulean los argumentos esgrimidos por ésta. El documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, critica implícitamente la decisión del Ministerio Público de oponerse de modo sistemático al que los internos de la banda acogidos a la llamada 'Vía Nanclares' disfruten de beneficios penitenciario aún cuando cumplen todos los requisitos que impone la ley.
El tribunal presidido por Marlaska recuerda a la Fiscalía que ya en ocasiones anteriores ha fallado en el mismo sentido en casos similares
En el auto, fechado el pasado 16 de septiembre aunque no se ha conocido hasta ahora, los tres magistrados echan por tierra uno tras otros los cuatro argumentos que la Fiscalía había esgrimido para negarse a la concesión del permiso. En concreto, el Ministerio Público aseguraba que el etarra no tenía cumplidas tres cuartas partes de su condena, que no colaboraba con la Justicia, que el pago que había hecho de la responsabilidad civil a la que fue condenado era "simbólico" y que "no consta el perdón de las víctimas". Cuatro razones que los jueces rechazan de plano en su escrito. Así, aseguran que el etarra está clasificado en segundo grado penitenciario y que, por tanto, con que "haya cumplido la cuarta parte de la condena" y "observe buena conducta" puede acceder a permisos ordinarios de salida.
En este sentido, el tribunal destaca que los informes de la Junta de Tratamiento de la prisión donde cumple condena son muy favorables después de que desde 2010 el terrorista arrepentido haya manifestado de modo reiterado su rechazo a la violencia de ETA y haya reconocido "el daño causado por sus delitos y el dolor infligido a las víctimas". Además, recalca que participa "en talleres de reflexión" sobre el terrorismo y "ha intervenido en programas de reparación con víctimas de ETA". En concreto, en dos encuentros "restaurativos" con sendos heridos en el atentado de Hipercor, Los jueces incluso destacan como ejemplo de su reinserción que está ingresado en los llamados "módulos de respeto" de la prisión, reservados a los reclusos con mejor comportamiento entre rejas.
Colaborador con la Justicia
El auto también rechaza que Caride Simón no colabore con la Justicia, como asegura la Fiscalía, y recuerda que "en el expediente consta que ha declarado como testigo las veces que ha sido llamado". También considera infundado que el resarciendo económico que ha hecho hasta ahora a las víctimas sea meramente simbólico, ya que los tres magistrados consideran que su situación, tras permanecer de manera ininterrumpida en prisión desde finales de febrero de 1993, no le permite hacer otra cosa que pequeños pagos. De hecho, recalcan que fue el propio etarra quien "solicitó que se detrajera de su peculio [dinero con el que cuentan los presos para sus gastos dentro de la cárcel] una cantidad mensual" para hacer frente a dicha responsabilidad.
La Audiencia Nacional destaca que Caride Simón ha participado en dos 'encuentros restaurativos' con sendas víctimas de sus atentados
Finalmente, el escrito de los tres jueces de la Sección Primera destaca que el perdón o no de las víctimas "no depende del condenado", sino que "es un acto graciable" de aquella. Por lo tanto, recalcan que lo que "importa es la actitud del condenado" a la hora de concederle permisos carcelarios. En este sentido, insisten que, como ya se sabe, Caride Simón "ha admitido sus delitos y el daño irrogado con sus actos, ha asumido su responsabilidad y solicitado perdón". Por todo ello, los magistrados fallan desestimar en recurso de apelación que había interpuesto la Fiscalía contra el permiso de seis días que le había concedido el pasado mes de junio el juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis de Castro.
El tribunal acompaña la decisión con una observación directa la Ministerio Público: "Una vez concedidos diez permisos por este tribunal y el juez, el Centro [penitenciario] deberá asumir el criterio de la autoridad judicial y normalizar la situación del interno en cuanto a disfrute de permisos por la cuota legal semestral que le corresponde hasta la progresión de grado, en su caso, sin dar lugar a nuevas quejas y recursos". En este sentido, los tres magistrados recuerdan que ya en anteriores ocasiones han fallado en el mismo sentido dejando entrever que no entienden por qué la Fiscalía insiste en recurrir los permisos concedidos a presos de la banda arrepentidos que cumplen todos los requisitos.