España

La ley que los partidos nunca aprobaron para limitar las actividades privadas del rey

Los expertos en derecho constitucional comentan que una norma que desarrolle el Título II de la Constitución podrían haber acotado los negocios privados del exjefe del Estado

  • El rey Juan Carlos I.

Las autoridades suizas sospechan que Juan Carlos I habría recibido una suma millonaria por parte de la familia real saudí a cambio de conseguir que el consorcio de empresas españolas que se hizo con el contrato del AVE a La Meca rebajase el coste de construcción. ¿Pero qué ha permitido llegar hasta aquí? 

Los once artículos del Título II de la Constitución -el que regula la Corona- no han sido desarrollados más que por un par de decretos y por la Ley aprobada específicamente para la abdicación en 2014. A diferencia de los miembros del Gobierno o los parlamentarios, en ningún sitio se recoge un régimen de incompatibilidades para el jefe del Estado, que está cubierto además por el estatus de la inviolabilidad. Las Cortes aprueban una partida específica de los Presupuestos Generales (casi 8 millones de euros en 2019) que puede repartir de forma discrecional. 

La doctrina ha permanecido dividida a lo largo de los cuarenta años de democracia entre una minoría partidaria de acotar lo relativo a las actividades del Rey y de su familia, y una mayoría favorable a no profundizar en la regulación. Para el monarca no rige la Ley de Altos Cargos y en ningún lugar se estipula que no pueda realizar actividades mercantiles. 

"Es inesperado que una persona que es inviolable aproveche esa condición jurídica para hacer tropelías. No entra en la lógica ese comportamiento que podría decirse desleal", comenta el catedrático de derecho de la UNED Antonio Torres del Moral. "Se entiende que la monarquía se autorregula porque le conviene", añade al tiempo que resalta que la regulación del resto de monarquías europeas tampoco es especialmente profusa. 

"Lo que ha pasado era muy predecible. Para evitarlo habrá que regular con el debido rango y no con un simple acuerdo de la Casa del Rey una serie de obligaciones que acoten su actuación. Sin normas, la inviolabilidad se convierte en un peligro", reflexiona el letrado de las Cortes Generales Manuel Fernández-Fontecha. Hasta ahora, sólo se han aprobado reglas de actuación de los miembros de la Familia Real, un régimen específico para los regalos que pueden recibir o un Código de Conducta para el personal de la Casa Real. 

El también exletrado del Tribunal Constitucional lleva décadas siendo partidario de elaborar "una norma diciendo lo que puede hace y lo que no puede hacer" el Rey. "Está clarísimo que con una norma, habría tenido un límite", añade. 

En cambio, el catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago, Roberto Blanco Valdés, no ve necesaria una profundización normativa para que el jefe del Estado no pueda volver a transitar por el camino de su padre. "Yo no creo que sea necesario estrictamente un ley que diga que el rey no puede hacer negocios privados, porque va de suyo que no puede hacerlos", apunta. 

"El rey no debe realizar ninguna actividad que perturbe su posición de neutralidad y de árbitro y moderador de las instituciones. Ni en el ámbito político ni en el ámbito económico", dice. "En la medida en que se dedique a hacer negocios privados, es fácil que esas actividades choquen con su estatus de inviolabilidad. Y eso no debe producirse en una monarquía parlamentaria", concluye. 

"La teoría de que no se puede regular ha llevado a donde ha llevado y hay que aprender de lo que ha pasado", comenta Fernández-Fontecha. En este sentido, Torres del Moral cree que "mejor que la anomia actual, donde no se dice nada porque se confía en la prudencia del rey, es una ley prudente, bien escrita, deferente, pero que diga las cosas". 

Llama la atención sobre aspectos como que una eventual nueva normativa aclare que el monarca "no puede salir del territorio nacional sin previo aviso". "Parece una tomadura de cabello que el presidente del Gobierno no sepa dónde está el Rey", como ha pasado a lo largo de la democracia. Un punto con precedentes directos tanto en la Constitución de 1812, donde si salía del país sin autorización de las Cortes se entendía que había "abdicado", o la de 1837, donde necesitaba ser autorizado por una Ley especial "para ausentarse del Reino". 

"Mientras que el rey Juan Carlos actuó con un cierto margen de maniobra en su vida privada, creo que Felipe VI está actuando de una manera escrupulosa respetando el estatuto jurídico que le corresponde como rey de España porque es plenamente consciente de que su situación respecto con la opinión pública", sentencia Blanco Valdés. 

Cambiar cualquier aspecto de la Constitución relativo a la Corona para solucionar las lagunas de la actual redacción obligaría a una reforma agravada, con disolución de Cortes, elecciones y referéndum vinculante. Un extremo que, a la vista del actual panorama político, parece a todas luces imposible. Aprobar una norma con rango de Ley que acote las actividades de Felipe VI y su familia tampoco parece sencillo. De momento, el PSOE sumará sus votos a los del PP y Vox en la Mesa del Congreso para impedir la creación de una comisión de investigación que han solicitado tanto Unidas Podemos, como Compromis, ERC y Bildu sobre las actividades de don Juan Carlos. 

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