España

La Justicia reduce una condena por fraude en el carbón porque la investigación duró nueve años

La Audiencia Provincial de Asturias sostiene que la instrucción que realizaron cuatro jueces duró un tiempo "excesivo", por lo que rebaja la pena de cárcel del presidente de Mina La Camocha de siete años y seis meses a tres años

  • La Audiencia Provincial de Asturias en Oviedo.

Los magistrados Juan Laborda Cobo, María Piedad Liébana Rodríguez y José Manuel Terán López, que componen la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, han rebajado de siete años y seis meses a tres años la pena a la que fue condenado el empresario que cometió un fraude de 16 millones con las subvenciones que el Gobierno otorgó entre 1998 y 2000 a la empresa Mina La Camocha SA.

Y lo han acordado al considerar que la investigación que desarrollaron los cuatro jueces que instruyeron la causa fue demasiado larga: "Además de una duración desmesurada, [la instrucción] ha venido acompañada también de periodos de paralización que no se aciertan a comprender, y son de notable consideración, ya que en definitiva la duración del proceso penal, tan solo y exclusivamente referido a la instrucción, ha superado los nueve años y seis meses", especifica el fallo.

En concreto, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Gijón, Luis Ortiz Vigil, había condenado en diciembre de 2017 a siete años y seis meses al que fuera presidente de Mina La Camocha, Manuel Martín, por un delito contra la Hacienda Pública por fraude de subvenciones, en concreto de ayudas al carbón asturiano. Sin embargo, la Audiencia Provincial lo rebaja a tres años.

El magistrado de Gijón también había condenado en primera instancia como cooperadores necesarios del fraude a cinco años y tres meses de cárcel al apoderado de dos empresas que Mina La Camocha usó como tapadera para la adquisición del carbón, Guillermo Alfredo Honrubia, y al administrador de Hullas del Coto Quirós, Ángel Manuel García Brugos. Ahora ambos ven reducida la pena a tres años de reclusión.

"Atenuante muy cualificado"

Los magistrados aprecian un atenuante muy cualificado "dado que la causa ha tenido una desmesurada duración para la naturaleza de los hechos objeto de investigación, referida a tres delitos contra la Hacienda Pública y con la implicación de un número no excesivo de encausados, siendo condenados solamente cinco en la primera sentencia y tres en la que es objeto de esta apelación", completa la sentencia.

El fallo llega incluso a calificar la duración de la investigación como "inasumible", al mismo tiempo que destaca que las pesquisas han sufrido "paralizaciones que no se aciertan a entender". La sentencia mantiene, no obstante, la imposición de una multa de más de 14 millones de euros, que los tres condenados deberán asumir de forma subsidiaria.

La defraudación se cometió entre los años 1998 y 2000, periodo de tiempo en el que la empresa Mina La Camocha compró hasta 98.686 toneladas de carbón en el extranjero, que mezcló con la hulla de la explotación gijonesa, que era la única que tenía derecho a una subvención.

Ayudas públicas

Sin embargo, estos empresarios alegaron que toda la mezcla era producción propia, y lo vendieron con ayudas públicas a la central térmica que Hidroeléctrica del Cantábrico tiene en Aboño (Gijón). Además, cuando se produjeron los hechos, importar el carbón costaba una quinta parte que extraerlo de una mina asturiana.

El agujero ascendió a 16,16 millones de euros. Y para camuflar la adquisición del carbón extranjero, Mina La Camocha usaba como tapadera las empresas Hullas del Coto Quirós y Trabajos y Explotaciones (Trabex), que le proveían de carbón, maquillando los conceptos del pago de las facturas.

Juicio anulado

La rebaja en la pena dictada por los magistrados asturianos es todavía más importante si se tiene en cuenta que en 2014 la magistrada Rosario Hevia, la anterior titular del Juzgado Penal número 2 de Gijón, ya había condenado a nueve años de cárcel a los tres acusados y a otros dos, entre los que se encontraba el exconsejero de Industria del Principado de Asturias, Víctor Zapico, quien falleció antes de que se repitiera el juicio.

Esta primera sentencia fue anulada por la Audiencia Provincial de Asturias al considerar que la magistrada se había extralimitado en sus interrogatorios a acusados y testigos, con lo que quedaba cuestionada su imparcialidad.

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