España

Felipe VI firmará el nombramiento de Mas si es investido: "Esto no es Bélgica", aseguran en Zarzuela

A Felipe VI le aguarda lo que en algunos sectores del Gobierno se define como “un papelón”, ni más ni menos que firmar el nombramiento de Artur Mas como presidente de la Generalitat si es finalmente elegido, incluso en el caso de que en su debate de investidura confirme su apuesta por una Cataluña independiente.

  • El rey Felipe VI en la primera audiencia a Artur Mas en La Zarzuela.

La decisión en la Casa Real está tomada, es nítida y carece de matices: “Nosotros no interpretamos la Constitución, sencillamente la cumplimos porque en ella las atribuciones del Rey están claras. En el supuesto de que Artur Mas fuera investido, Felipe VI firmaría su nombramiento como presidente de la Generalitat porque no puede hacer distinciones de nombres ni de comunidades. No nos planteamos otra cosa diferente. Se tratará, en definitiva, de un mero trámite”, aseguran fuentes de Zarzuela, conscientes de que si no se cumpliera, Mas nunca llegaría a tomar posesión del cargo. El “papelón”, como se califica en el Gobierno, no acabará ahí para el monarca, pues antes de la firma en el BOE tendrá que recibir a la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, quien le dará traslado de la elección de Mas, si ésta finalmente se produce. Con posterioridad, después de la rúbrica, sería el propio Mas quien acudiría a entrevistarse con Felipe VI siguiendo el protocolo aplicable a todos los presidentes autonómicos que acceden a esta responsabilidad.

Hay expertos que defienden que el Rey podría negarse a firmar el nombramiento de Mas y otros, en cambio, que le ven obligado a hacerlo por mandato constitucional

Esta engorrosa tarea a desempeñar por el monarca está siendo objeto en el Gobierno de una polémica semiclandestina que el Gabinete prefiere, como es lógico, no menear, pese a que a algunos ministros no se les escapa que la firma por parte del Rey del nombramiento de Mas como presidente de la Generalitat podría ser mal entendida por una amplia capa de población y peor comprendida todavía en algunas instancias europeas, donde podría tomarse como referencia la práctica belga.

A principio de los noventa, el rey Balduino de Bélgica se abrió un singular hueco en la historia renunciando durante día y medio al trono para no sancionar la ley que despenalizaba el aborto en su país, aduciendo objeción de conciencia. Más de dos décadas después, el año pasado, se vivió también allí una intensa campaña para impedir que el rey Felipe de Bélgica rubricara la ley de eutanasia infantil.

 “Esto es España, no es Bélgica”, se afirma con contundencia en Zarzuela, “aquí las cosas son mucho más sencillas porque la Constitución es clara y, por lo tanto, no hay lugar para interpretaciones”.

Sin embargo, las opiniones entre los juristas están divididas, pues hay quienes encuentran huecos suficientes en la Carta Magna como para defender que si Felipe VI quisiera, siempre amparado por las principales fuerzas políticas, encontraría argumentos suficientes en la propia Constitución para negarse a firmar el nombramiento de Mas e impedir, por tanto, que pueda ejercer sus funciones aunque supere su investidura.

Potestad como "guarda constitucional"

Según un informe elaborado por letrados del Congreso, la Constitución tasa las funciones del Rey en cinco grandes grupos, uno de los cuales atañe de forma directa al desafío que en estos momentos está planteando el bloque soberanista en Cataluña. Si bien el artículo 152.1 dice que al monarca le compete nombrar al presidente de una comunidad, el 61 establece también que al ser proclamado ante las Cortes Generales jurará desempeñar fielmente sus funciones, entre las que se incluye la de “guardar y hacer guardar la Constitución”. Se trata, según los expertos consultados, de una “potestad” que se le concede como “guarda constitucional”.

Además, dentro de las funciones arbitrales y moderadoras, la Constitución concibe al jefe del Estado como una instancia “que nuclea la unidad del Estado”. Se trata, según algunos letrados, de una “potestad bloqueante” que podría atribuirle el derecho, “quizás el deber”, de impedir actuaciones contrarias al orden constitucional, así como la resolución “de forma pasiva” de posibles tensiones en el funcionamiento regular de las instituciones.

La Constitución faculta al Rey para "hacer guardar" la Constitución

Hay otros expertos que discrepan de esta doctrina y esgrimen que solo a partir de una amenaza de quiebra del funcionamiento normal de los poderes constitucionales del Estado, podría hablarse de una función regia de defensa constitucional. Ponen como ejemplo el golpe de Estado de Tejero y el papel que desempeñó don Juan Carlos durante la asonada militar. Un letrado de la Cámara Baja resume así esta otra posición: “El Rey no podría negarse a sancionar un acuerdo del Parlamento autonómico. La Constitución le faculta para perfeccionar actos jurídicos –caso de la sanción real–  de contenido político dictados por otros órganos, pero no le permite que su voluntad modifique  o anule dichos actos. Si bien la Corona es un órgano del Estado y el Rey su titular, no participa de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Rey es titular de un órgano constitucional que ejerce funciones jurídico-formales que no son expresión de su propia voluntad y por ello la propia Constitución le declara inviolable y no sujeto a responsabilidad”.

¿Poder real o solo influencia?

En el fondo, lo que se debate por algunos expertos en términos jurídicos y constitucionales es si la función arbitral y moderadora que se atribuye al Rey es un auténtico poder, independientemente de los demás poderes, o si, por el contrario, “es una instancia persuasiva y de influencia sin poderes concretos”. Hay también planteamientos más teóricos que se cuestionan si el monarca puede negarse o no a sancionar decisiones inconstitucionales o que sean contrarias a sus convicciones.

En el Gobierno se admite que en el momento en que Mas fuera investido como presidente de la Generalitat y empezara a tomar decisiones que alimenten el proceso soberanista, se habrá pasado a otro estadio distinto en el que el Constitucional tendría que empezar a utilizar las nuevas competencias que se le adjudicaron tras la reforma del pasado octubre y la fiscalía y los tribunales a activar la vía penal, quizás la más temida por la Generalitat y sus responsables políticos. Entre medias, quedaría “el papelón” de Felipe VI en este episodio por entregas.

"Esto es España, no es Bélgica", se afirma con contundencia en Zarzuela para precisar que Felipe VI no tendría margen para negarse a rubricar el nombramiento de Mas

El Gobierno ya cuidó la imagen pública del monarca al reservarle una audiencia, foto  incluida, con Mariano Rajoy el mismo día en el que el Parlament aprobaba la “desconexión” de España. Felipe VI ha dejado su impronta sobre el desafío soberanista desde el arranque de su reinado. El relevo en la Corona levantó algunas expectativas sobre el papel que podría desempeñar como mediador en el conflicto y promotor de soluciones. Su discurso de proclamación –“Deseo una España en la que no se rompan nunca los puentes de entendimiento” –, fue procesado por las principales fuerzas políticas dentro de un denominador común muy básico: el deseo del nuevo Rey de desbloquear un enfrentamiento de consecuencias imprevisibles. Pasó el tiempo y estas esperanzas se enfriaron, después de que Felipe VI escuchara numerosos consejos para que tomara distancias del epicentro del terremoto, como finalmente ha hecho.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli