El Partido Popular puede desgravar las donaciones ilegales que recibió, según el criterio de la Agencia Tributaria que remitió en octubre un informe al juez Ruz en el que autorizaba esa deducción fiscal aunque los ingresos fueran ilícitos. Ese dictamen no sólo permitía evitar el pago de impuestos sino que también salvaba al PP de rebasar la cifra de 120.000 euros defraudados que constituye delito fiscal. Ante ese dictamen, las acusaciones particulares han comenzado a presentar informes periciales con el dictamen contrario para que el juez dictamine.
“Hacienda llega a la conclusión sorprendente de que realizar una actividad ilícita, prohibida por el ordenamiento, puede dar lugar al disfrute de un beneficio fiscal”, dice el informe
El informe de 9 folios, redactado por el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo para la acusación presentada por el PSOE y al que ha tenido acceso Vozpópuli, denuncia que Hacienda ha hecho una lectura parcial y favorable al Partido Popular por la que “llega a la conclusión sorprendente de que la realización de una actividad ilícita, prohibida por el ordenamiento, puede dar lugar al disfrute de un beneficio fiscal”. Esa conclusión es calificada de “absurda” y “contraria a la voluntad del legislador”.
Según el dictamen, la Agencia Tributaria ha retorcido la intepretación de la ley para permitir al PP esa desgravación. La AEAT hace una interpretación parcial de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos (LFPP), sostiene el informe para considerar “aportaciones clandestinas” como “donaciones legales”. Según ese análisis de la acusación del caso Bárcenas, las entregas de dinero al PP incumplen cuatro de los requisitos que permitirían considerarlas como legítimas:
- No han sido “adoptadas en debida forma por el órgano o representante competente al efecto”, sino que son pagos de presidentes o consejeros delegados de empresas que no han pasado por los consejos de administración.
- Las hacen en la mayoría de ocasiones constructoras o adjudicatarias que “prestan servicios o realizan obras para las Administraciones Públicas”.
- No se abonan, como dicta la ley, en las “cuentas de entidades de crédito abiertas exclusivamente para dicho fin” sino que se ingresan en segundas cuentas bancarias del partido.
- Y, finalmente, no se identifica al donante.
“Nos hallamos ante aportaciones clandestinas”, concluye el informe pericial, que “pueden ejercer influencia en decisiones políticas de una Administración contralada por el partido que recibe la entrega” y no ante donaciones o “entregas desinteresadas”, tal y como ha declarado el Partido Popular.
Consencuencias penales del informe
El informe, entregado al juez, no sólo pretende evitar que el PP pueda desgravarse las cuantías recibidas con el argumento central de que “se pierde el derecho de disfrute de la exención tributaria si las subvenciones se obtienen violando lo dispuesto en la norma legal”. Además, busca imputar al Partido Popular un delito de fraude fiscal puesto que si las deducciones son consideradas ilegales, las cuantías defraudadas superarían la barrera de los 120.000 euros que constituyen ese delito penado con hasta 5 años de cárcel.
Por ese motivo, las acusaciones buscan elevar los baremos que Hacienda ha rebajado y transmiten al juez la idea de que permitir esas desgravaciones es una “conclusión absurda, contraria a la lógica jurídica sobre el modo de aplicar los mandatos legales de carácter imperativo”.