Opinión

¿Ha renunciado España a su soberanía monetaria?

La “soberanía” monetaria puede estar formalmente atribuida al Estado pero su efectivo ejercicio depende de la solidez de la economía nacional

  • Billetes de euro -

Es frecuente escuchar o leer a algunas personas que España ha renunciado a su “soberanía” en materia monetaria o, lo que es lo mismo, que el euro es el resultado de haber entregado nuestra “soberanía” a la UE. Entre esos discursos circula uno de Javier Solana en 2010 en el Esade (con Jordi Pujol en la mesa presidencial), después de haber dejado de ser el “Míster Pesc” de la UE donde afirmaba que, para la construcción de la UE, los Estados renunciaron “voluntariamente” a su “soberanía”, especialmente para lanzar el euro. ¿Es esto así? Conviene aclarar las cosas analizando la cuestión desde el punto de vista jurídico y económico-político.

1. Análisis jurídico

Tres son los artículos clave para entender esta cuestión: el 149.1.11ª, el 167.1 y el 93 de la Constitución.

Desde un punto de vista jurídica el punto de partida del análisis lo constituye el artículo 149.1.11ª de la Constitución según el cual:

El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

(…)

11.ª Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros”.

Si se pretendiera que el Estado dejara de tener competencia exclusiva sobre el sistema monetario habría que reformar el artículo 149.1.11ª según lo previsto en el artículo 167.1 de la Constitución que afirma:

Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras (…)”.

La ratificación del Tratado de la Unión Europea de 1992 sólo exigió la reforma del artículo 13.2 de la Constitución, lo que significa que el artículo 149.1.11ª no ha sido reformado y sigue vigente. A este respecto debe recordarse que todos los tratados comunitarios han sido ratificados por España al amparo del artículo 93 de la Constitución que dice:

Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión”.

Si España decidiera salirse de la UE quedaría desligada del euro, salvo que España y la UE acordaran (como otros pequeños Estados europeos no miembros de la UE) que el euro sea su moneda

La palabra clave de este precepto es “ejercicio”. O lo que es lo mismo, lo que se permite transferir a una organización internacional (en este caso la UE) no es la “titularidad” de una competencia, sino sólo el “ejercicio”. Y eso significa que la “titularidad” sigue estando en manos del Estado. Por esa razón, los tratados comunitarios (exceptuando lo que afectó al derecho de sufragio en las elecciones municipales y europeas) se han ratificado sin reformar la Constitución.

La conclusión es simple e inequívoca: jurídicamente España no ha renunciado a su soberanía en beneficio de la UE. Si España decidiera salirse de la UE quedaría desligada del euro, salvo que España y la UE acordaran (como otros pequeños Estados europeos no miembros de la UE) que el euro sea su moneda.

2. Análisis económico-político

La moneda, por supuesto, no es una cuestión exclusiva del Derecho. Un Estado puede garantizarse la prerrogativa de acuñar moneda pero, sobre todo, en una época en la que ha dejado de existir el “patrón oro” y rige el sistema fiduciario (o “fiat”) el valor de esa moneda depende de circunstancias que no son jurídicas y que tienen carácter político y económico.

Una moneda nacional es tanto más sólida y estable cuanto más sólida y estable sea su economía. Un Estado que no se halle endeudado externamente, que tenga un sistema productivo eficiente y una política económica saneada tendrá una moneda sólida y estable. Un Estado que se halle endeudado externamente tendrá una moneda dependiente o condicionada por la moneda en la que se halla endeudado.

Entonces la pregunta es: ¿estaría la economía española en condiciones de obtener esas divisas para pagar la deuda? En este momento, la respuesta parece claro que sería negativa

Es un hecho objetivo que España está fuertemente endeudada con el Banco Central Europeo, al que se le debe una ingente cantidad de euros. Si España saliera de la UE se plantearía, en primer lugar, si España y la UE mantendrían el euro como moneda. Pero si no se alcanzara un acuerdo de ese tipo o, simplemente, España quisiera recuperar su moneda nacional, el pago de la deuda en euros estaría en función del tipo de cambio de la moneda nacional (presumiblemente, nueva peseta). Para pagar esa inmensa deuda, España debería obtener divisas de euros y dólares. Entonces la pregunta es: ¿estaría la economía española en condiciones de obtener esas divisas para pagar la deuda? En este momento, la respuesta parece claro que sería negativa.

En consecuencia, la “soberanía” monetaria puede estar formalmente atribuida al Estado pero su efectivo ejercicio depende de la solidez de la economía nacional. Esa solidez sólo se alcanzará si en el Estado se aplica una política económica que refuerce el sistema económico español en lugar de debilitarlo. Si un Gobierno aplica una política económica que debilita la Nación estará obstaculizando o impidiendo que la Nación ejerza la soberanía cuya titularidad sigue poseyendo formalmente.

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