Economía

El Constitucional impide al Gobierno levantar viviendas de alquiler por decreto

Los magistrados estiman parcialmente el recurso interpuesto por el PP en una sentencia cuyo fallo trascendió el pasado martes

  • La sede del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional (TC) considera que el Gobierno "no ha justificado" la necesidad de legislar medidas para promover la oferta de vivienda en alquiler a través del real decreto, aprobado el pasado marzo, por el que se regulan los contratos en dicho régimen. Así lo expresan los magistrados, que estiman parcialmente el recurso interpuesto por el PP, en una sentencia cuyo fallo trascendió el pasado martes y que declara nulas dos disposiciones adicionales, incluida la que hasta ahora ha previsto la movilización de suelo público para construir viviendas en alquiler social.

En su recurso, los populares denunciaban los enunciados "genéricos" que contenía la disposición adicional primera, la cual carecía de "medidas reales, efectivas, concretas y de aplicación inmediata" como correspondería a una norma de urgencia. Dichos argumentos trataron de ser refutados por la Abogacía del Estado, que vinculó este apartado a la "insuficiente oferta de viviendas en alquiler".

Ahora el Constitucional, en su sentencia íntegra conocida este jueves, entiende que el Gobierno "no ha justificado la necesidad de acudir a un real decreto ley" para un aspecto que, en principio, no requiere de la "habilitación de una norma con rango de ley".

El mandato recurrido encomendaba al Ministerio de Fomento "un conjunto de acciones a realizar, entre ellas la negociación con las administraciones sectorialmente competentes, utilizando para este fin todos los instrumentos a su disposición". Asimismo, le permitía modular los instrumentos financieros del Plan Estatal de Vivienda para poder atender estas necesidades, y reorientar sus bases para apoyar "exclusivamente" el disfrute de la vivienda en este régimen. Aspectos que el Pleno del alto tribunal ha declarado inconstitucionales y que el Ejecutivo deberá reformular, al igual que sucede con la también anulada disposición adicional tercera sobre convenios en materia de infraestructuras públicas.

Para los diputados del PP, "se desconoce en qué medida" esta clase de convenios "puede bajar el precio del alquiler", y alegaban que el Gobierno "no proporcionaba ninguna motivación al respecto". Por el contrario, el Estado fundamentó su decisión en los objetivos de "movilidad sostenible" en un país, España, que se caracteriza por la importante concentración demográfica.

Avala parte del Real Decreto

Sin embargo, los magistrados creen que esa justificación no se puede percibir "directamente" ni es "instantánea o inmediata" al no guardar una "necesaria relación" con una "extraordinaria y urgente necesidad previamente definida". En cambio, avalan el resto del real decreto, que no incluye ninguna medida para fijar los precios de los alquileres, cuya renta deberá actualizarse durante la vigencia del contrato al índice de precios al consumo (IPC).

Para incentivar la oferta de viviendas en este régimen, establece además una serie de medidas fiscales como bonificaciones de hasta un 95 % en el impuesto de bienes inmuebles (IBI) de la vivienda protegida en alquiler cuando los Ayuntamientos acuerden, en una norma jurídica, una renta limitada.

También habilita el gravamen en el IBI de la vivienda vacía, elimina el impuesto de transmisiones en los alquileres de vivienda habitual, establece el derecho de adquisición preferente por parte de las Administraciones en caso de la venta conjunta de un inmueble con arrendamientos, y amplía la prórroga obligatoria de 3 a 5 años en la duración de los contratos, o a 7 si es una persona jurídica.

Apartados todos ellos legitimados por la sentencia del Constitucional, que defiende que los cambios en materia de impuestos -IBI, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados- se limitan a corregir parcialmente la forma que tienen de tributar un pequeño grupo de operaciones -las protegidas por el decreto- de entre las muchas sujetas a estos gravámenes.

De igual modo, respalda el sistema de mejora de la accesibilidad en tanto que "trata de paliar las deficiencias que sufren diariamente las personas con movilidad reducida", y las modificaciones en materia de desahucios "por la situación de extraordinaria y urgente necesidad que quiere revertir". Tras adelantarse el fallo, el secretario de Estado de Vivienda, Pedro Saura, consideraba ayer que el Constitucional había avalado de forma "clara" el real decreto.

Lectura que antes había compartido el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que descartó que la opinión de la sentencia sobre las medidas de dinamización fueran afectar a sus planes de ceder suelos públicos a empresas privadas para que construyan y exploten durante 50 años unas 20.000 viviendas en alquiler a precios asequibles. 

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