La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el sobreseimiento provisional y archivo del caso Petroleras, en el que fueron objeto de una querella como personas jurídicas Repsol, Cepsa, Disa y Meroil por pactar precios, según el auto de 23 de mayo al que ha tenido acceso Vozpópuli.
De esta forma el tribunal, compuesto por los magistrados Ángela Murillo Bordallo, como presidenta; Carmen Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel Rivero, ponente del fallo, ha rechazado el recurso interpuesto por la acusación de la empresa Gesdegas SL, que había reclamado la reapertura del procedimiento, pero que el auto de 23 de mayo archiva: "Al no constatarse ni deducirse que en los actos investigados o en su contexto se efectuaran actos criminalmente engañosos en perjuicio de la libre concurrencia en el mercado de venta de combustible", completan los magistrados.
Los jueces consideran que el informe realizado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) constatan que los datos obtenidos "no son indicativos de la adopción de pactos colusorios, es decir, convenios ilícitos en perjuicio de terceros con incidencia en la normativa penal".
"Un sector transparente"
Además, el auto sostiene que los mencionados dictámenes resaltan que la semejanza en los precios de venta al público de las distintas estaciones de servicio no implica la existencia de tales "pactos colusorios" entre los distintos operadores del petróleo. "Al respecto, hemos de destacar que el de los carburantes es un sector altamente regulado y muy transparente, como lo demuestra que la UCO haya basado su informe en los datos facilitados por los propios operadores del petróleo, que son accesibles al público en general", completan los magistrados.
El auto pone de manifiesto también que el hecho de que las compañías se fijen en los precios de su competencia no implica la existencia de pactos ilegales: "Ni tácitos ni expresos, sino que son la consecuencia de la concreta configuración del mercado, caracterizado por una situación de oligopolio, donde el mercado está dominado por un pequeño número de vendedores o proveedores. Situación que permite la producción de decalajes, o sea, desajustes o desfases, en el tiempo de realización de los movimientos de precios en las estaciones de servicio".
La CNMC impuso a Repsol una multa de 20 M, a Cepsa de 10 M, a Disa de 1,2M, a Galp de 800.000 euros y a Meroil de 300.000 euros
El procedimiento judicial se inició después de que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) expedientara a las principales petroleras españolas por pactar precios. En concreto, el organismo que se encarga de velar por la competencia impuso a Repsol una multa de 20.000.000 euros; a Cepsa, de 10.000.000 euros; a Disa, de 1.300.000 euros; a Galp, de 800.000 euros, y a Meroil, de 300.000 euros.
Las defensas de las empresas en el procedimiento siempre han asegurado que los expedientes iniciados por la CNMC no son firmes, ya que han sido recurridos ante la propia Audiencia Nacional.
"Infracción administrativa"
Los magistrados recuerdan en su auto, además, que el criterio para diferenciar cuándo un pacto de precio es delictivo o no se basa en que la conducta a alterar los precios se realice con violencia, intimidación o
engaño. "En cambio, cuando estos medios comisivos no estén presentes, nos encontraremos, en su caso, ante una infracción administrativa de la normativa de defensa de la competencia".
Y en este caso, el auto considera que en el pacto de precios de Repsol, Cepsa y el resto de petroleras no se aprecia "una conducta engañosa". "El resultado de las esenciales diligencias de investigación practicadas, y sin que sea precisa la realización de alguna otra, podemos concluir que ninguna consistencia delictiva existe en los actos de alineación de precios desarrollados".
La decisión de los magistrados cuenta con el respaldo de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que en todo momento ha reclamado el archivo de las actuaciones, ya que considera que la alineación de los precios no se llevó a cabo mediante "un engaño o violencia".