El juzgado de primera instancia Nº2 de Madrid ha condenado a Deutsche Bank a devolver a un cliente suyo el principal, los intereses, los gastos, las comisiones bancarias, las comisiones de cambios y comisión de apertura correspondientes a una hipoteca multidivisa suscrita en yenes. Así consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli, y que considera que hubo vicio de consentimiento en la firma del préstamo hipotecario debido a que el banco alemán conocía de antemano que dicha modalidad de financiación perjudicaría al acreedor, si bien éste no fue advertido de ello.
"Los riesgos de esta operación exceden, no obstante, de los préstamos hipotecarios a interés variable en euros, puesto que al riesgo de la variación del tipo de interés se añade el riesgo de fluctuación de la moneda"
Las hipotecas multidivisa son un tipo de préstamo de interés variable alternativo a los más habituales referenciados al euríbor. Su característica principal es que los intereses se referencian a una moneda que cotiza frente al euro y que, en teoría, tiene tipos de interés más bajos que la eurozona. Así, las que se han comercializado en España solían estar designadas o bien en yenes o bien en francos suizos, generalmente.
"Los riesgos de esta operación exceden, no obstante, de los préstamos hipotecarios a interés variable en euros, puesto que al riesgo de la variación del tipo de interés se añade el riesgo de fluctuación de la moneda, de manera que al apreciarse la divisa del yen los prestamistas deben abonar cuotas más elevadas y en muchos casos deben ahora una cantidad en euros mayor que cuando suscribieron el préstamo hipotecario, absolutamente desproporcionada respecto del valor del inmueble que financiaron", según sostiene el Tribunal Supremo en una sentencia del 3 de diciembre de 2015 sobre este tipo de productos, que cada vez son un mayor quebradero de cabeza para las entidades que las comercializaron.
Esta sentencia, notificada este pasado 12 de febrero, es según el despacho de abogados Causae la primera en España que invalida el contrato hipotecario ante la evidencia, probada con documentos, de que el banco comercializador tenía información disponible para saber que dicho producto provocaría un perjuicio económico al cliente. Y que esta información no fue facilitada al mismo, provocando por ello siete años de pérdidas al hipotecado. Fuentes de Deutsche Bank han confirmado a este diario la sentencia, y reconocen estar estudiando la opción de recurrir la decisión.
De lo que no le informó es de que el responsable del departamento de análisis de DB "ya había pronosticado una depreciación del euro frente al yen de hasta niveles de 140-150 para 2007"
Firmó sin conocer los riesgos reales
El cliente, "con estudios básicos y sin educación financiera" según relata la sentencia, acudió a una de las sucursales de Deutsche Bank asesorado por un colaborador externo del banco, cuya labor consistía en atraer a nuevos clientes. Éste le había convencido tras mostrarle diversas simulaciones que concluían en todos los casos que firmar una hipoteca referenciada en yenes suponía un ahorro para él respecto de la ya existente (en euros). De lo que no le informó es de que el responsable del departamento de análisis de DB "ya había pronosticado una depreciación del euro frente al yen de hasta niveles de 140-150 para 2007", lo que le provocaría importantes pérdidas.
El contrato, suscrito el 27 de junio de 2008, estaba referenciado a un precio del yen de 167,08, y dos meses después alcanzaba los 169,16. Ahí se acabó el ahorro del demandante, ya que a partir de entonces la cotización inició "un descenso del que no se ha recuperado. Este descenso tan inmediato a la suscripción del contrato no podía ser imprevisible para el demandado con expertos en el análisis del mercado de divisas, que ya lo habían vaticinado desde 2007", y sin embargo no se informó al cliente sobre el riesgo que estaba contrayendo, tal y como señala la sentencia.
"La demandada [Deutsche Bank] causó un error en el actor al no informarle de las previsiones de los analistas sobre la moneda yen, que iba a ser al alza, con lo que la finalidad de pagar menos perseguida por los actores y de la que informaron a la demandada, para cambiar el préstamo hipotecario que tenían (...) con este otro préstamo hipotecario en divisas, no solo no era previsible que no se cumpliera sino que además iba a incrementarse considerablemente la deuda como consecuencia de la fluctuación de la divisa", tal y como señala el documento judicial.