España

'Caso mascarillas': Anticorrupción se opone a requerir el número del primo de Almeida

El ministerio público precisa en su escrito que los testigos ya han respondido cómo se contactó con el Consistorio para iniciar la venta de los productos sanitarios

  • El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida.

La Fiscalía Anticorrupción se opone a la petición de Más Madrid de requerir el número del primo del alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, según su escrito presentado en el juzgado que investiga el caso y al que ha tenido accesoVozpópuli. El ministerio público asegura que las personas sobre las que la formación está reclamando los teléfonos móviles ya han declarado y considera que no es necesario seguir más pesquisas.

La Fiscalía de Madrid considera "irrelevante" el modo en que Luis Medina y Alberto Luceño accedieron al Ayuntamiento de Madrid para la venta de material sanitario y sostiene que, "sin ningún género de dudas", los investigados "no recibieron ningún trato privilegiado" por parte de ningún responsable municipal".

Así consta en un escrito en el que el fiscal solicita que se desestime el recurso de apelación interpuesto por Más Madrid contra la decisión del juez Adolfo Carretero de denegar el acceso a las llamadas telefónicas y mensajes cruzados entre los investigados y terceras personas vinculadas a la investigación.

Más Madrid ha solicitó el pasado mayo al juez del “caso mascarillas” que reclamase su teléfono móvil a Carlos Martínez-Almeida, primo del alcalde de Madrid, para analizar sus conversaciones telefónicas con Luis Medina -que junto al también empresario Alberto Luceño se embolsó casi seis millones de euros en comisiones por la venta de material sanitario al Ayuntamiento en marzo de 2020- y con la profesora universitaria que les puso en contacto.

En un escrito remitido al titular del Juzgado de Instrucción 47 de Madrid, la acusación popular fundamentó la pertinencia de esta diligencia en el objetivo de esclarecer si el familiar de José Luis Martínez-Almeida facilitó a Medina un correo electrónico del Ayuntamiento (como él mismo aseguró en su declaración como testigo, en la que explicó que esa dirección se la proporcionó su amiga Matilde García, coordinadora general de la Alcaldía) o bien un contacto directo con Elena Collado, coordinadora de Presupuestos del Consistorio, que fue la encargada de negociar con los empresarios la firma de los contratos de distribución de mascarillas, guantes y test Covid.

La letrada de Más Madrid considera que ésta es la única manera de esclarecer lo sucedido, después de que Medina asegurase al juez, en su declaración como investigado, que Carlos Martínez-Almeida le facilitó un correo electrónico de Collado (anteriormente, había manifestado ante Anticorrupción que le dio su teléfono).

Diligencias "inútiles"

Según el fiscal, el primo de Almeida trasladó el objeto de la llamada a Matilde Duarte, coordinado general de la Alcaldía de Madrid, y que ésta le dijo que podía dirigir su oferta al email habilitado para ello, "una dirección pública y genérica del Ayuntamiento de Madrid".

Continua el fiscal exponiendo que Carlos trasmitió el anterior mensaje a Medina y que éste escribió dos veces a dicha dirección de correo electrónico. Y que desde la Coordinación General de Alcaldía el mensaje fue remitido, como el de otros destinatarios, a la Coordinación General de Elena Collado.

De este modo, el representante del Ministerio Público insiste en que "ya todo esto" debería ser "suficiente" para desestimar dicho recurso, pero agrega que a ello se une que "la manera en la que los querellados accedieron a las personas responsables del Ayuntamiento de Madrid, en un contexto en el que las administraciones esperaban con ansiedad cualquier oferta de material sanitario, son irrelevantes para la investigación de lo delitos objeto de la causa".

El fiscal subraya que dichos delitos se cometieron posteriormente a estos contactos previos, por lo que los mismos carecen de cualquier relevancia penal. Por todo ello, recalca que las diligencias solicitadas por Más Madrid son "claramente inútiles" y, en consecuencia, han sido denegadas por el instructor del procedimiento. Pero en el caso de que tuvieran alguna utilidad, recuerda que el secreto de las comunicaciones es un derecho fundamental consagrado en la Constitución.

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