Miles de personas fallecen al año en accidentes de tráfico. A pesar de las constantes campañas de la DGT para recordar a la sociedad que hay que tener cuidado a la hora de conducir, ciertos conductores siguen tomándose a broma las medidas establecidas por el organismo. Superar la velocidad máxima, saltarse sin ningún tipo de criterio las normas de seguridad vial o coger el coche tras consumir un par de cervezas son algunas de las infracciones más habituales. Sin embargo, la infinidad de sanciones que registran la DGT a lo largo del año son de lo más dispares y muchas la mayoría de las personas no las conocen.
Evidentemente, la forma más usual de penalizar a una persona por saltarse la legislación es mediante las multas. Estas son una manera efectiva de tratar de mantener a raya a los conductores, ya sea con la retirada de puntos del carnet de conducir o con una penalización económica, que muchas veces suele ser el método favorito de la DGT para que los españoles se tomen en serio las restricciones. La cuestión que se va a tratar en este artículo es la siguiente: ¿La DGT puede multar a los conductores por conducir un vehículo con una escayola?
La multa de la DGT por conducir con escayola
El Reglamento General de Conducción no oscila entre sus líneas que no se puedan conducir con yeso en alguna parte de tu cuerpo. Sin embargo, la DGT ha recalcado en múltiples ocasiones que esta temeridad, porque está claro que este acto no se debería realizar, sí que se sanciona a nivel jurídico. En varios apartados dentro de su texto magno en el que se encuadra esta irresponsabilidad. De hecho, se subraya que conducir con escayola es un problema que está directamente relacionado con la seguridad vial de las carreteras y autopistas y que se debería evitar a toda costa coger el coche en dichas condiciones.
¿Por qué es tan estricta la DGT con este tema? Conducir con un brazo escayolado o con alguna articulación del cuerpo inmovilizada es un peligro. El movimiento y la capacidad de reacción se ve claramente limitada tras sufrir una lesión de esta índole y no es seguro ni para el conductor, ni para el resto de personas. Una problemática que choca por completo con el artículo 17 del Reglamento General de Conducción, que dice: "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".
Tras leer detenidamente el artículo 17, es más que evidente que conducir con una escayola es una infracción grave. La DGT, ante tal restricción, estableció en su momento una multa que deberán pagar aquellos conductores que incumpla la normativa. Según lo establecido por la DGT, si te captan conduciendo con una escayola por la carretera la multa que recibirás será de entre 150 euros y 300 euros. Con respecto a los puntos, dependiendo de la gravedad del asunto, se podrán retirar de tres a seis puntos de tu saldo. En los casos más peligrosos, se podría retirar el carnet de conducir a las personas que esté realizando la infracción al considerarse como un acto temerario.